Los jueces ya han ordenado en Sevilla más de 25 sentencias que incluyen demoliciones
El número de sentencias condenatorias que ordenan demoliciones en distintos parajes de la provincia de Sevilla, supera ya la cifra de 25 resoluciones, tras una primera etapa en la que los jueces condenaban por la construcción ilegal, pero no incluían la obligación de devolver el paraje a su estado primitivo. Aún así, no todos los condenados llevan a cabo tales demoliciones.
La Fiscalía de Medio Ambiente y Urbanismo de Sevilla ha instado a los jueces a que sea la Junta quien derribe las construcciones ilegales si no lo hace el interesado, una vez que sea firme la condena y para "garantizar el cumplimiento de la orden judicial". La Fiscalía sevillana está instando a los jueces de lo Penal "a que ejecuten las sentencias condenatorias que ordenan la demolición de viviendas ilegales en suelo rústico por delito urbanístico".
En esta materia, la Audiencia Provincial de Sevilla está revocando desde 2006 las sentencias que no ordenan la demolición "como único modo de restaurar el orden vulnerado por el delito". En 2008 ya se han dictado cinco sentencias en ese sentido.
Las últimas sentencias dictadas se refieren a chalés levantados en el paraje Las Minas de Castilblanco de los Arroyos, donde la Fiscalía denunció en 2005 a cientos de propietarios por construir en zona forestal no urbanizable.
Entre estos casos más recientes, una pareja condenada por construir una vivienda ilegal en Las Minas derribó su inmueble tras el requerimiento de un juzgado sevillano, de manera que ni el Ayuntamiento ni la Junta ni el Seprona tuvieron que intervenir en el asunto. Los dos acusados, R.C.C. y J.G.A., habían comprado en enero de 2005 la parcela en Las Minas, en la que posteriormente construyeron una vivienda de 80 metros cuadrados, que fue detectada a comienzos del verano de 2005. Por tal circunstancia, el juzgado de lo Penal 9 de Sevilla condenó a la pareja a derribar su inmueble, algo que, según las mismas fuentes, "normalmente" suele ser desatendido.
La Fiscalía de Medio Ambiente y Urbanismo sostiene que una condena que no ordene demoler lo ilegal contribuye a "consolidar el daño" y es un "efecto llamada" a que otros ciudadanos se vean tentados a cometer los mismos excesos.
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