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La Generalitat rebaja a 22 meses la petición de cárcel para Farreres

La abogada invoca un artículo difuso para no mantener la pena de seis años

Rebajas judiciales de otoño. La Generalitat de Cataluña, que ejerce la acusación en el juicio contra el ex consejero de Trabajo Ignasi Farreres y dos acusados más, rebajó ayer de seis años a 22 meses y 15 días, la petición de cárcel para cada uno de ellos. Es una posibilidad que prevé la ley durante el juicio, cuando las conclusiones pasan de provisionales a definitivas, pero resulta significativo que la abogada que representa al actual Gobierno de izquierdas rebobine a última hora en el primer juicio contra un consejero de la época de Jordi Pujol.

Interpretación laxa

Uno de los argumentos jurídicos que invoca la letrada Yolanda Hernández Darnès es una interpretación muy laxa del Código Penal para justificar el trato a Farreres y Josep Maria Servitje, el secretario general del Departamento del Trabajo de la época. El otro argumento ya existía cuando la Generalitat presentó su escrito inicial y entonces no se consideró. El beneficiario es Víctor Manuel Lorenzo Acuña, otro militante de Unió como ellos que fue quien cobró los 46.158 euros por la redacción de ocho informes que él mismo reconoció ante el tribunal que eran burdas copias de legislación o normas jurídicas y cuya utilidad fue defendida por el consejero.

La actuación de la abogada de la Generalitat no repercutirá en el proceso, de manera que si el tribunal de la Sección Décima de la Audiencia de Barcelona quiere condenar, no se lo impedirá el llamado principio acusatorio. Y es que el fiscal Fernando Rodríguez Rey se mantuvo y reclamó sendas penas de cinco años y medio de cárcel para Farreres y Servitje, además de nueve de inhabilitación y multa de 103.400 euros. Lo mismo hizo el letrado Vladimir Blanes, en nombre de ICV, que se reclama seis años y medio de cárcel para cada uno, así como el abogado de la acción popular, Xavier Rotllan, que pide 14.

La abogada de la Generalitat argumenta ahora para rebajar la petición de cárcel que Farreres y Servitje presentaron un aval por el importe de los informes en octubre de 2006 y que, por eso les es aplicable la atenuante del artículo 26.1 del Código, que permite rebajar la pena cuando se aprecie "cualquier otra circunstancia de análoga significación" a las descritas.

Una de ellas es, precisamente, la reparación del daño, que es la que se invoca para rebajar la pena a Lorenzo Acuña por depositar en el juzgado el importe de los informes. Eso ocurrió en dos pagos, realizados en agosto y octubre de 2005, un año antes de que la Generalitat presentara su escrito de acusación, que entonces no consideró el argumento que ahora se invoca.

En aquel escrito, fechado el 6 de septiembre de 2006, la Generalitat desbordaba al fiscal a la hora de acusar e imputaba al que fuera ex consejero de Trabajo de 1988 a 1999 y a Servitje otro delito de negociación prohibida a funcionarios. Ahora ya no. Y se afirmaba en aquel escrito que Farreres y Servitje actuaron para favorecer a empresas de un militante de Unió. Y se pedía también que se sentara en el banquillo a otra persona, Santiago Vallvé, a la que el juez exculpó. De eso nada se dice ahora.

Aquel escrito de acusación ha quedado ahora descafeinado como se ha relatado. La interpretación de las leyes tiene estas cosas. Como la política.

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