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Obstáculos legales y realidad social

La normativa española sostiene sobre dos pilares su oposición a los vientres de alquiler. La Ley de Reproducción Asistida de 2006 establece, por un lado, que la filiación de los hijos nacidos por gestación por sustitución viene determinada por el parto. Es decir: madre es quien da a luz. Pero además, considera "nulo de pleno derecho" cualquier contrato por el que se acuerde la gestación por parte de una mujer en favor de terceros.

En el estado de California, principal destino de los españoles que salen al extranjero para tener hijos mediante esta fórmula, el escenario regulador es radicalmente distinto. Para empezar, no existe una ley que aborde la cuestión. Las reglas de juego se basan en la jurisprudencia emanada de su Tribunal Supremo que fija que los derechos de los padres subrogantes deben prevalecer siempre sobre la madre natural, que en ningún caso puede revocar el contrato. Estos acuerdos, no sólo están blindados. Son tan minuciosos y extensos que algunos incluyen aspectos del menú que debe seguir la gestante.

El momento clave del proceso se produce a los ocho meses de embarazo. Entonces es cuando tiene lugar el llamado juicio de paternidad en los juzgados de familia, en el que ante la presencia del ginecólogo que ha practicado la fecundación in vitro, la agencia que ha seleccionado a la madre de alquiler, los padres y el resto de las partes interesadas, el juez asigna formalmente la paternidad a los contratantes, que quedará reflejada en el certificado de nacimiento.

Los obstáculos aparecen al pisar el consulado español de Los Ángeles, que rechaza inscribir estos nacimientos. La tesis que sostiene la dirección general de los Registros y del Notariado es que estas parejas han hecho un fraude de ley ya que esta práctica no es legal en España. Algunos de los padres que se han desplazado a Estados Unidos comentan que los problemas se suelen resolver luego en Registro Civil Central de Madrid, aunque hay ocasiones en los que no es sencillo.

Juristas como Alfonso Luis Calvo Caravaca, catedrático de Derecho Internacional Privado de la Universidad Carlos III de Madrid abogan por una reforma de la ley de Registro Civil "para evitar este tipo de problemas y adaptar la norma a la realidad social".

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