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Carreras & Capital humano
Columna
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Vestimenta en el trabajo

La obligación de llevar una cierta "vestimenta" en el trabajo es, en ocasiones, fuente de conflictos. Confluyen aquí cuestiones tan dispares como la seguridad, la imagen, el poder de dirección empresarial o la libertad y dignidad del trabajador, pudiendo surgir incluso temas de discriminación o conductas "sexistas". Lo cierto es que, exceptuando los aspectos que afectan a la seguridad (su obligatoriedad no genera conflictos), nuestras leyes nada dicen al respecto.

La Constitución consagra el derecho de la persona a su propia imagen, pero aquí surge otro conflicto, y es el derecho de la empresa a mantener también una cierta "imagen corporativa", en especial cuando la actividad es cara al público. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid declaró así procedente el despido de un trabajador por su reiteración en acudir al trabajo con una vestimenta totalmente inadecuada para el desempeño de un puesto de comercial (camiseta deportiva, número de dorsal, pantalones vaqueros y zapatillas de deporte). Hay, por tanto, actividades que requieren una mínima corrección o pulcritud en la indumentaria, conforme a reglas de trato social comúnmente admitidas, que imponen limitaciones al trabajador en su libertad de vestir.

Puede decirse, en definitiva, que es al empresario al que, en aplicación de su poder de dirección, corresponde fijar unas ciertas directrices en cuanto a la vestimenta de los trabajadores. Pero estas facultades directivas no pueden ejercerse de forma arbitraria, sin justificación aparente, puesto que vulneraría la libertad, la dignidad y la intimidad del individuo.

Supuestos extremos son los casos en los que la imposición de cierta vestimenta podría considerarse discriminatoria, como ocurrió cuando en una clínica se obligó a las enfermeras a la utilización de faldas. Surgieron de inmediato voces que la calificaron de "sexista", puesto que dicha prenda en nada facilitaba la actividad laboral desempeñada; es más, la dificultaba.

De cualquier forma, no existe en los tribunales un criterio unánime, dado que la práctica nos ofrece una enorme casuística. Aunque lo cierto es que, en los últimos tiempos, parece irse imponiendo una mayor informalidad en el vestir, también es cierto que resulta conveniente mantener algún tipo de regulación.

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