_
_
_
_

Un mar de dudas entre los aspirantes

La carrera contrarreloj de los grandes y pequeños grupos que han concurrido al concurso eólico convocado por Industria tuvo en las últimas semanas un obstáculo imprevisto: las dudas generadas por los requisitos establecidos en el decreto y la orden que regula el proceso. El propio departamento que dirige Fernando Blanco se ha encargado de aclarar y resolver las principales cuestiones planteadas por los futuros adjudicatarios. Entre otros, uno de los interrogantes que preocupaban a los empresarios era la definición, contenidos y alcance de los proyectos de desarrollo económico aparejados a la solicitud de megavatios.

También había dudas sobre la legalidad de que un mismo grupo optase a las concesiones con la compañía matriz y una filial a la vez. Y los interesados no tenían una idea clara sobre la fórmula para acreditar la capacidad y solvencia de las propuestas en cuanto a los fondos propios de las sociedades y el contenido de las memorias que deben justificar los planes de evacuación (conexión a la red). Además, algunos ayuntamientos plantearon a Industria consultas sobre los medios que debían articular para apoyar sus solicitudes y acreditar su capacidad económica ante su eventual presentación al concurso.

Uno de los puntos del decreto que más preguntas suscitó fue el de la participación pública en los proyectos, una de las grandes novedades introducidas por Industria frente a anteriores convocatorias. En la mayoría de los casos, la consellería recomendó incluir en las ofertas una opción de compra a favor de la Xunta en la que se comprometiese la gratuidad de la transmisión. Industria también indicó la conveniencia de que se especificasen los criterios para el reparto de dividendos en las compañías adjudicatarias que cuenten con participación pública.

La consellería que dirige el nacionalista Fernando Blanco aclaró que los fondos propios (capital y reservas) de cada una de las sociedades que concurran al proyecto tienen que representar el 20% del total de la inversión necesaria para la puesta en marcha de los parques. La capacidad económica debe ser acreditada bien por una persona física, bien por la promotora que solicita la autorización o simplemente por los socios que participan directamente en la compañía. La solvencia, recuerdan en Industria, debe ser acreditada en el supuesto de que la solicitud de autorización sea transmitida a una sociedad filial.

Tu suscripción se está usando en otro dispositivo

¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?

Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.

¿Por qué estás viendo esto?

Flecha

Tu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.

Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.

En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.

Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_