Sin carné, ebrio y en sentido contrario
Una juez envía a prisión a un conductor tras cuatro condenas de tráfico
Luis Cabezas se movía hasta ahora con una cierta impunidad. Pero este cordobés no se librará de pisar la cárcel por su última temeridad al volante. El Juzgado de Instrucción 2 de Montilla (Córdoba) le ha condenado a ocho meses de prisión por circular en sentido contrario, con el triple del alcohol permitido y sin carné de conducir.
Luis Cabezas se movía hasta ahora con una cierta impunidad. Pero este cordobés no se librará de pisar la cárcel por su última temeridad al volante. El Juzgado de Instrucción 2 de Montilla (Córdoba) le ha condenado a ocho meses de prisión por circular en sentido contrario, con el triple del alcohol permitido y sin carné de conducir. La juez que firma la sentencia sostiene que en su caso no procede suspender la condena o sustituir la cárcel por otras medidas. ¿La razón? Acumula ya otras tres condenas en firme anteriores por delitos contra la seguridad del tráfico. La más antigua data de noviembre de 2006 y ya le supuso la retirada del permiso.
La última vez que pillaron a este sujeto al volante de un coche cometiendo infracciones fue el pasado 10 de mayo. Eran las cinco de la madrugada y el individuo circulaba en sentido contrario por la calle de Las Salas de Montilla, una céntrica vía situada a unos metros del Ayuntamiento. La Policía Local fue la que lo paró. Le hicieron la prueba de alcoholemia. Primero dio 0,80 miligramos de alcohol por litro de aire expirado. En la segunda prueba, realizada 25 minutos después, el índice subió hasta los 0,82 miligramos. La tercera sorpresa para los agentes estaba por llegar: ya se había ordenado la retirada del carné hasta en tres ocasiones.
La primera condena es del 14 de noviembre de 2006. Aquella sentencia incluía la retirada del permiso durante 12 meses y abría el largo historial de este hombre por delitos contra la seguridad del tráfico. La siguiente sentencia en su contra llegó el 28 de junio de 2007. Se volvió a dictar la retirada del permiso y se acordó una multa. El 9 de abril de este año se impuso la siguiente condena. Cuatro meses y 16 días sin carné de conducir y otra sanción económica. En este último caso se incidía en que, cuando fue parado por los agentes, el individuo se negó a someterse a la prueba de la alcoholemia.
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