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Columna
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Un caso para el Dr. Watson

La autorización del Consejo de Ministros a la Abogacía del Estado para solicitar la ilegalización tanto de Acción Nacionalista Vasca (ANV) como del Partido Comunista de las Tierras Vascas (EHAK en euskera) y el posterior anuncio de que el fiscal general adoptará las medidas necesarias para impedir la concurrencia a las urnas el 9 de marzo de esas segundas marcas de la disuelta Batasuna han sido aplaudidas por los dirigentes del PP, no sin denunciar que las medidas en curso persiguen objetivos electoralistas, llegan demasiado tarde y fueron exigidas antes infructuosamente por los populares. La Sala Especial del Supremo, en aplicación de la Ley de Partidos, y el Juzgado de Instrucción número 5 de la Audiencia Nacional, por la vía penal, serán los receptores de esas acciones.

Habría sido seguramente deseable que el acuerdo de los dirigentes populares con el Gobierno para ilegalizar las proteicas reencarnaciones del brazo político de ETA hubiese marginado momentáneamente sus discrepancias en otros terrenos a fin de no enturbiar la deseada recuperación del consenso sobre un punto básico de la política antiterrorista. Sin embargo, era demasiado esperar que el PP soltase en vísperas del 9-M el suculento bocado de sus demagógicas acusaciones contra Zapatero por haber mantenido conversaciones con ETA y con Batasuna en el marco de la resolución del Congreso de 17 de mayo de 2005.

La escasa diligencia del Gobierno y de la Fiscalía General para emprender a tiempo la ilegalización de las segundas marcas de Batasuna es responsable -según el PP- del "regreso del terrorismo a las instituciones". Tanto los nueve candidatos de EHAK ganadores de escaños parlamentarios en las autonómicas vascas de abril de 2005 como los 437 concejales (y 42 alcaldes) de 43 municipios vascos y navarros elegidos en los comicios locales de mayo de 2007 dentro de las listas de ANV seguirán conservando sus cargos hasta el final del mandato aunque sus partidos sean ilegalizados. Los servicios jurídicos del Estado pedirán al Supremo que suspenda la entrega de recursos públicos a ambos partidos; las cantidades ya conseguidas, sin embargo, no son desdeñables. La eventual disolución del grupo parlamentario Ezker Abertzaleak formado por los nueve diputados de EHAK no será fácil, tal y como la reciente sentencia del Supremo sobre la decisión adoptada por la Mesa de la Cámara en la anterior legislatura acaba de recordar.

El Gobierno y el fiscal general justifican su tardanza porque no dispusieron de indicios fehacientes -a la luz de la jurisprudencia del Constitucional y del Tribunal de Estrasburgo- sobre las vinculaciones de EHAK y ANV con Batasuna hasta la recepción la pasada semana por el juez Garzón de los últimos informes de la policía y la Guardia Civil. Los portavoces del PP, sin embargo, niegan consistencia a ese argumento y afirman que existían datos concluyentes desde hacía tiempo. No parece que haya muchas posibilidades de que ese envenenado pleito cuasi-bizantino de naturaleza política pueda ser resuelto por la lógica jurídica.

En efecto, la apreciación procesal del valor de las pruebas para establecer los fundamentos de hecho y dictar la correspondiente sentencia sobre la demanda de ilegalización de EHAK y ANV no corresponde ni al fiscal general ni al abogado del Estado -partes en el pleito- sino al Supremo. Dado que el enjuiciamiento de la prueba sólo depende del tribunal, únicamente el rechazo del material indiciario -no parece que vaya a ocurrir en este caso- por débil o insuficiente serviría para dirimir la discusión: nunca llegaremos a saber si la falta de confianza en los indicios previos al informe de Garzón respondió a la prudencia jurídica (como afirman el Gobierno y el fiscal) o a la astucia política (como defiende el PP).

El quid de la cuestión, sin embargo, no es la diligencia del Gobierno y del fiscal general para hacer los deberes sino la situación de monopolio que la Ley de Partidos de 2002 -impuesta al Parlamento por el PP- concede a ese dúo para poner en marcha la ilegalización de un partido. Nadie puede iniciar el procedimiento como no sea alguna de las dos instancias (a efectos prácticos, una sola). La Sala Especial del Supremo anuló 133 candidaturas de ANV en las municipales de 2007 por su vinculación con Batasuna pero no pudo pronunciarse sobre otras 113 listas del mismo partido porque ni la fiscalía ni la Abogacía del Estado las impugnaron.

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Desde una perspectiva ajena al rigor procesal exigible a los jueces, la conclusión recién alcanzada por el Gobierno y la Fiscalía General de que EHAK y ANV serían segundas marcas de Batasuna parece un nuevo descubrimiento del Mediterráneo. Unos imaginarios visitantes de 221B Baker Street interesados por el enigma de las relaciones entre los partidos de la izquierda abertzale y ETA no hubiesen necesitado llevar consigo el último informe de Garzón ni molestar siquiera a Sherlock Holmes: el Doctor Watson les habría bastado para resolver el misterio.

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