Legislatura de transición
La legislatura que acaba, que prácticamente ha acabado a finales de diciembre de 2007, aunque todavía no se haya publicado el decreto de disolución del Parlamento de Andalucía y de convocatoria de las próximas elecciones, ha sido una legislatura que podríamos denominar de transición. Por supuesto, en las dos comunidades del artículo 151 de la Constitución que han reformado sus estatutos de autonomía, Cataluña y Andalucía, pero también en las del artículo 143 que han hecho lo mismo. Y en las que no lo han hecho, ya que, como la experiencia de estos últimos 25 años nos ha enseñado, una vez que la extensión del ejercicio del derecho a la autonomía alcanza una determinada masa crítica todas las comunidades sin excepción se ven afectadas. La extensión del ejercicio pleno del derecho a la autonomía a la mayor parte de las comunidades autónomas no se ha producido como consecuencia del llamado "principio dispositivo", esto es, de una manifestación de voluntad inicial por los territorios que se constituían en comunidades autónomas, sino como efecto reflejo de lo que había ocurrido en las comunidades autónomas que sí habían hecho uso de ese "principio dispositivo". Así ocurrió con los Pactos Autonómicos de 1981 y todavía más con los pactos de 1992. Y así ha empezado a ocurrir en esta legislatura y todavía va a ocurrir más en la que entra.
Esta legislatura pasada ha sido la legislatura de la reforma de la estructura del Estado. Podía haber sido una legislatura de mayor intensidad reformadora, si hubiera sido posible la reforma de la Constitución que figuraba en el programa de gobierno de 2004 del PSOE, ya que entonces, además de incluir el mapa autonómico en la Constitución, se habría producido la reforma del Senado, a fin de adecuar su composición a su definición constitucional como Cámara de representación territorial (art. 69.1 CE). Pero tal reforma exige una mayoría de tres quintos en el Congreso y en el Senado, mayoría que únicamente es alcanzable con el concurso del PP, lo que era manifiestamente imposible a la vista de cómo está el patio.
Pero si la reforma constitucional no ha sido posible, las reformas estatutarias sí lo han sido. Lo han sido, porque en Cataluña y Andalucía el concurso del PP no era imprescindible. Al hacerse en Cataluña y Andalucía, estaba cantado que se acabarían haciendo en todas las demás comunidades autónomas.
Desde la entrada en vigor de la Constitución no ha habido una reforma de tanto calado como la que se ha producido en esta legislatura. Formalmente la Constitución sigue siendo la misma, pero en lo que a la estructura del Estado se refiere, la Constitución es muy distinta. No se ha cambiado la Constitución, pero sí se ha modificado el bloque de la constitucionalidad, integrado por la Constitución y los estatutos de autonomía. La inserción de las nacionalidades y regiones que integran España en el Estado común se va a producir de una manera distinta a como se ha producido en estos últimos decenios. Éste es el sentido que han tenido las reformas estatutarias. Reajustar la posición de las partes en el todo, lo que, obviamente, afecta a las partes, a las comunidades autónomas, pero afecta también al todo, al Estado autonómico.
Esta reforma de las partes y del todo está ya en los textos que han sido reformados y en los que van a serlo en la misma dirección en el inmediato futuro. Pero en la aplicación práctica de las reformas se ha hecho muy poco en esta pasada legislatura, entre otras cosas porque son varios los estatutos que han sido impugnados y sobre los que ha recaído sentencia del Tribunal Constitucional. Será en esta legislatura que está a punto de empezar cuando se van a ver los resultados de las reformas. Y es que, como dicen los ingleses, la prueba del pudding está en el momento de comerlo. En este sentido, es en el que creo que la pasada legislatura puede ser calificada de legislatura de transición.
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