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Los altos cargos incumplen la ley al no informar de sus bienes al Parlamento

Una norma aprobada por el bipartito obliga a registrar los datos en la Cámara

El Gobierno de la Xunta incumple su obligación de dar cuenta anualmente al Parlamento del contenido del registro de bienes patrimoniales de los altos cargos de la Xunta, uno de los puntos más relevantes de la Ley de Transparencia aprobada hace año y medio. Fuentes de la Consellería de Presidencia reconocieron ayer que el Ejecutivo sigue sin cumplir este mandato legal y aseguraron que se le dará cumplimiento en las próximas semanas, con toda probabilidad a lo largo del próximo mes de enero. El motivo del retraso tiene que ver, según las mismas fuentes, con un cambio de competencias entre departamentos de la consellería que dirige José Luis Méndez Romeu.

El Gobierno prevé enviar los datos al Parlamento a comienzos de 2008

La Ley de Transparencia es una de las tres normas sobre las que el bipartito ha querido construir su política de regeneración democrática. Las otras dos son la Ley de Subvenciones (también en vigor) y la de Publicidad Institucional, aún pendiente de aprobación por parte de la Xunta. Esta norma pretende hacer efectivo el derecho de los ciudadanos y de la sociedad a conocer la actividad de la administración y "favorecer el control de la legalidad y la oportunidad de las decisiones administrativas" facilitando que la sociedad "asuma un papel activo en la vida administrativa".La Ley de Transparencia, aprobada en junio de 2006 y que entró en vigor hace un año, incluía una disposición adicional a través de la cual se de modificaba la Ley de Incompatibilidades de 1996, original del Gobierno de Manuel Fraga, con el fin de actualizar la relación de altos cargos de la Xunta así como el régimen de funcionamiento de los registros que contienen sus declaraciones de actividades y de bienes patrimoniales.

La normativa anterior se limitaba a reconocer el derecho del Parlamento a consultar el registro de bienes, pero sólo en determinados supuestos. La Ley de Transparencia, en cambio, obliga al Gobierno a remitir esta información a la Cámara anualmente y de acuerdo con lo que el Parlamento disponga reglamentariamente. La única excepción, según la misma normativa, excluye de la obligación de remitir a la Cámara de las copias de la última declaración tributaria correspondiente al impuesto sobre la renta y, en su caso, del impuesto sobre el patrimonio.

Del mismo modo, el Gobierno tampoco ha dado cumplimiento a otra de las modificaciones más significativas impulsada para mejorar la transparencia y el control de los ciudadanos: la difusión a través de Internet del registro de actividades de los altos cargos. La ley anterior permitía únicamente la consulta del registro de forma presencial en las dependencias del Gobierno en San Caetano.

Los altos cargos tienen obligación de hacer constar en el registro todas aquellas actividades que desarrollen por sí mismos o mediante sustitución o apoderamiento en negocios, empresas o sociedades públicas o privadas que les proporcionen "o puedan proporcionar" ingresos económicos o en los que tengan participación o intereses.

A su vez, en el registro de bienes tienen que incluir una relación de su patrimonio "comprensiva de la totalidad de sus bienes, derechos y obligaciones, a la que se adjuntará copa de la última declaración tributaria correspondiente al IRPF y al impuesto sobre el patrimonio".

La normativa sobre estos dos registros, el de actividades y el de bienes patrimoniales, afecta al presidente, los conselleiros, los secretarios y directores generales y los delegados provinciales de los diferentes departamentos del Gobierno. También a los presidentes, directores generales y asimilados de los organismos autónomos, a los delegados y representantes de la Xunta en entes con personalidad jurídica propia y al personal eventual que ejerza funciones de carácter no permanente expresamente calificadas de confianza y asesoramiento especial en los gabinetes de los miembros del Gobierno.

La lista de altos cargos se completa con los presidentes, directores (ya sean generales, ejecutivos, técnicos o asimilados) en entidades de derecho público dependientes de la administración autonómica, empresas públicas, sociedades o fundaciones en las que la Xunta participe con más del 50% del capital o del patrimonio, así como el personal de confianza que trabaje para estas entidades y los titulares de cualquier otro puesto de trabajo de la administración autonómica cuyo nombramiento se realice por decisión del Consello de la Xunta.

La Ley de Transparencia prevé una amplia serie de medidas dirigidas a favorecer el acceso a la información institucional por parte de los ciudadanos con un especial protagonismo de Internet, algunas de las cuales ya se están aplicando a través de las páginas web de las diferentes consellerías, como la difusión de los sueldos que perciben los altos cargos de las diferentes consellerías. Toda la ley, según reza en el preámbulo y en sus principios generales, gira en torno a la necesidad de "satisfacer el interés general" en la toma de decisiones, garantizar la transparencia y la eficacia de los acuerdos administrativos y asegurar el derecho de las personas a solicitar y obtener información.

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