_
_
_
_
El puente más polémico

Los paseantes derrotan a Calatrava

El juez falla que el Ayuntamiento alteró la "obra artística" del arquitecto, pero da primacía a su funcion pública como puente - El demandante anuncia un recurso

El Ayuntamiento de Bilbao modificó una "obra artística singular" sin consultar siquiera con su autor, pero el derecho de este a su propiedad intelectual cede ante el interés superior de los ciudadanos. Con este argumento, el titular del Juzgado de lo Mercantil número 1 de la capital vizcaína, Edmundo Rodríguez Achútegui, desestima en una sentencia fechada el pasado día 23 y difundida ayer la demanda que el arquitecto Santiago Calatrava presentó contra el Ayuntamiento y dos constructoras por la ampliación de su puente sobre la Ría, el Zubi Zuri. En apenas un mes -el juicio quedó visto para sentencia el 26 de octubre-, el juez ha resuelto el primer pleito en España sobre la vulneración de la integridad de una obra de ingeniería y que también enfrentaba por vez primera en Europa a dos arquitectos de prestigio: Calatrava y el japonés Arata Isozaki.

"El autor está obligado a sufrir la alteración por el servicio público"
El fallo censura que el consistorio no encargase la nueva obra a Calatrava
Más información
Sentencia que desestima la querella de Calatrava contra el Ayuntamiento de Bilbao
"Si se aplica la propiedad intelectual a los edificios no se tocaría una ventana"
Estrellas estrelladas
El alcalde de Bilbao acepta el "coscorrón" de la Justicia por su actuación en el 'caso Calatrava'

No habrá por tanto, al menos en la primera instancia judicial -la defensa de Calatrava anunció pocas horas después de conocer el fallo que lo recurrirá, para lo que tiene cinco días de plazo-, derribo de la pasarela de Isozaki abierta en febrero y que conecta con el puente de Calatrava ni el pago de una indemnización de tres millones de euros como reclamaba el valenciano. El profesional cobró por el Zubi Zuri, un total de 500.000 francos suizos (320.000 euros al cambio actual). El fallo censura al consistorio por no haber realizado "el mínimo esfuerzo" para encargar a Calatrava la ampliación de su pasarela, prevista en el ordenamiento urbanístico de la ciudad, o para buscar su autorización, una decisión del Ayuntamiento que juzga "incomprensible".

El magistrado acepta la tesis de la defensa de Calatrava de que ha existido una alteración de su trabajo. "Se ha producido una alteración apreciable de la obra", resalta, antes de señalar que la pasarela de Isozaki "altera su indudable personalidad". "Ha dejado de ser una obra que acaba en sí misma", agrega. La sentencia destaca que la pasarela es una obra artística protegida por la Ley de Propiedad Intelectual y reconoce que el fallo habría sido favorable al arquitecto valenciano si el conflicto se hubiese producido entre dos intereses privados. Pero el Ayuntamiento "no dedica la creación (...) a atender un fin privado o una necesidad particular".

Como la pasarela se usa evidentemente para un fluido tránsito de ciudadanos, el interés público debe prevalecer sobre el privado, uno de los argumentos repetidos durante el juicio por los abogados del consistorio y las dos constructoras. "La alteración se ha producido, pero el derecho a la integridad de la obra no se violenta porque el autor está obligado a sufrirla en atención al servicio público que su obra atiende", reza el fallo, por lo que no ve vulnerado el derecho a la integridad de la obra.

La sentencia rechaza que sea motivo del litigio las caídas de ciudadanos en la pasarela o el gasto de 200.000 euros en reparar sus losetas.

El estudio de Calatrava opinó que el fallo reconoce "claramente" los derechos de autor y, pese a la desestimación, supone una "satisfacción moral" por admitir que es una obra artística, que la pasarela de Isozaki "altera" su "unidad" y que el Ayuntamiento no pidió permiso al valenciano.

Una de las dos constructoras demandadas, Vizcaína de Edificaciones, apuntó que la sentencia confirma que hubo "el máximo respeto" por el puente.La alcaldía de Bilbao no quiso comentar el fallo. Sólo opinó la edil de Urbanismo, Julia Madrazo, de EB, quien dijo que se demuestra que las obras de arquitectura "son compatibles con el interés de la ciudadanía".

Las claves del fallo

- "Todo ello permite asegurar que cabe dar la protección que dispensa la Ley de Propiedad Intelectual al Zubi Zuri

(...). Como su propio nombre indica en euskera, el

Zubi Zuri

es un puente (...) pero constituye también una obra artística singular, como los son muchas otras obras, modernas y antiguas".

- "El Zubi Zuri

ha dejado de ser una obra que acaba en sí misma. Ahora tiene un añadido que altera su indudable personalidad".

- "El Zubi Zuri

ha sufrido alteración porque se ha retirado parte de su balaustrada, porque se ha colocado, en un estilo completamente diferente (...) un anexo que nada tiene que ver con la obra primitiva y porque se ha optado por una forma de sustentación que rompe la idea del demandante".

- "Por las razones que fuera, el dueño de la obra, el Ayuntamiento de Bilbao, no se dirigió al sr. Calatrava para estudiar o negociar la eventual ampliación de la pasarela, la extensión de la misma hasta la Plaza de la Convivencia o la creación de una nueva que respetara la creación anterior".

- "La obra (...) es un puente destinado al uso público, peatonal, de los bilbaínos, no el particular del Ayuntamiento. (...) Es, además de una creación artística singular susceptible de protección, una obra pública, que da servicio a los ciudadanos y por lo tanto, satisface un interés público (...) Si se ponderan ambos intereses, el público debe prevalecer sobre el privado, aunque este último merezca toda la consideración".

Tu suscripción se está usando en otro dispositivo

¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?

Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.

¿Por qué estás viendo esto?

Flecha

Tu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.

Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.

En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.

Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_