¿Derecho a la salud?
El Tribunal Superior de Justicia de La Rioja ha dado la razón a la Administración central en todos los puntos recurridos del decreto regional que "suavizaba" la ley estatal del tabaco. La sentencia ha dejado claro que permitir fumar en cafeterías de empresas, en bodas y celebraciones; no promover separaciones físicas completas que protejan a los no fumadores; utilizar una medida elástica para medir la superficie de un local de hostelería; reducir las sanciones, etcétera, va en contra de la letra y el espíritu de la ley estatal.
El humo ambiental del tabaco es tóxico, cancerígeno y nocivo y no existen dudas en la comunidad científica al respecto, tal y como señala el preámbulo de la Ley 28/2005. Sin embargo, con reiterada exhibición de empecinamiento político, la sentencia va a ser recurrida por el Gobierno regional de La Rioja. Resulta triste que se haya perdido una excelente oportunidad de devolver el debate al terreno de la salud, al terreno de la prevención del cáncer y del infarto, lugar de donde nunca debería haber salido.
Toda la evidencia científica apunta que las leyes reguladoras del tabaco en lugares públicos mejoran la salud respiratoria de los trabajadores y reducen las enfermedades cardiovasculares y pulmonares de los ciudadanos, y eso se está comprobando ya en el plazo de uno a dos años. Por el contrario, los únicos beneficiados de esta judicialización de una norma reguladora son los sectores económicos ligados a la producción venta y distribución de tabaco, puesto que esta situación repercute en el cumplimiento y, por lo tanto, también en el consumo.
Los gobiernos autónomos que se están comportando de manera similar a La Rioja (Madrid, Castilla y León, Valencia y Baleares) deberán decidir de qué lado están en todo este asunto. En definitiva, serán sus acciones y no sus palabras lo que nos dirá si están de verdad a favor del derecho a la salud o, simplemente, a favor del derecho como instrumento para preservar ciertos intereses económicos sectoriales.
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