El TSJA obliga a volver a evaluar a los opositores a veterinarios
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha anulado parte de la baremación que la Junta de Andalucía estableció en unas oposiciones celebradas hace cinco años para cubrir 418 plazas de veterinarios autonómicos, lo que obligará a puntuar de nuevo a todos los aspirantes a aquellas oposiciones.
La sentencia explica que el baremo recurrido se encuentra en un anexo en el que se indica que por cada mes de servicios prestados como veterinario en centros asistenciales en el SAS el aspirante recibiría 0,3 puntos, frente a los 0,1 que puntuaba este concepto si el opositor había desempañado sus funciones fuera de la comunidad andaluza.
Los opositores que presentaron la demanda reclamaron que esta distinción primaba los servicios prestados en Centros Asistenciales del SAS frente a la misma experiencia pero en diferente administración, algo que vulnera el principio constitucional de igualdad, mérito y capacidad para el acceso a la función pública.
Para el tribunal, en este caso "es clara la diferente consideración que se otorga a los veterinarios que han prestado servicios en Andalucía respecto de aquellos que lo han hecho en otras administraciones públicas" y "se privilegia" a algunos profesionales.
Regulación
Además, la sala no comparte la argumentación expuesta por la Administración autonómica sobre la regulación de las funciones de los veterinarios, por lo que se ha estimado esta parte del recurso de varios aspirantes que demandaron a la Junta de Andalucía.
Según el letrado de parte de los demandantes, Antonio Sánchez Rodríguez, esta sentencia no sólo afecta a los recurrentes, sino a todos los que opositaron en su día.
En consecuencia, según Sánchez, "habrá que asignar una nueva calificación a todos los concursantes restándole a la que en su día obtuvieron la que le asignaron por los apartados anulados".
Esto trastoca, según el letrado, "radicalmente el resultado de la convocatoria, con lo que personas que llevan cuatro años de funcionarios pueden salir y entrar muchos de los que se quedaron fuera".
Además, estos últimos "podrán exigir indemnizaciones por el tiempo que ha transcurrido desde que debieran haber tomado posesión" en función de la baremación correcrta.
La sentencia del tribunal andaluz es recurrible al Tribunal Supremo, si bien, de momento, no se tiene constancia de que haya sido recurrida.
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