Pena de banquillo
Encausar a Ibarretxe, López y Ares por reunirse con Otegi es un disparate que debe ser corregido
Más allá de sus efectos políticos, el proceso abierto a instancias del Foro de Ermua y la Asociación Dignidad y Justicia contra Ibarretxe y los dirigentes socialistas vascos Patxi López y Rodolfo Ares, por sus reuniones con Arnaldo Otegi y otros dirigentes de la ilegalizada Batasuna, siempre ha planteado serias dudas sobre sus fundamentos jurídicos. Pero el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha optado por darle curso hasta llegar a un punto de no retorno: el lehendakari y los dos políticos socialistas se sentarán en el banquillo, acusados de un delito de desobediencia, en grado de cooperadores necesarios, a la sentencia de la Sala del Tribunal Supremo que ilegalizó a Batasuna en marzo de 2003.
Que un gobernante sea encausado por una actividad política que puede encontrar amparo en el cargo institucional que ejerce es un hecho anómalo desde la lógica de división de poderes propia de una democracia. Y que habría que evitar siempre, salvo que se constatara una manifiesta vulneración de la ley. No parece ser el caso de Ibarretxe, López y Ares. Al margen del carácter institucional o político que cabe atribuir a sus reuniones, no aparece por ningún lado la orden expresa que las prohíba. Si esa orden no existe, ¿cómo se la puede desobedecer? La Ley de Partidos, cuya supuesta vulneración está en el origen del proceso, establece que la disolución de un partido implica "el cese de toda actividad" del mismo, y que el incumplimiento de esa disposición dará lugar a responsabilidades penales. Nada hay en la ley que indique que esa responsabilidad sea exigible a personas que se reúnan con miembros del partido disuelto, los cuales, por otra parte, conservan sus derechos civiles y políticos.
El Tribunal Supremo ya echó mano de esta doctrina para desbaratar una iniciativa parecida del mal llamado sindicato Manos Limpias para encausar a Zapatero y a su Gobierno por haber autorizado el encuentro de López con Otegi en julio de 2006. Pero aún dio un paso más: tildó de "fraude constitucional" la interferencia en la acción del Gobierno mediante iniciativas penales (a través, por ejemplo, de la acusación popular), que buscan sustituir al Parlamento por los tribunales como institución de control político.
Que las reuniones con Otegi y compañía fueran políticamente discutibles no significa que sean delito. Pretender que lo sean, en contra del Supremo y del dictamen contrario del ministerio fiscal y a iniciativa de asociaciones que mantienen una legítima pero militante actitud contra la política antiterrorista del Gobierno, no sólo es jurídicamente arriesgado, sino causa de tensiones institucionales contraproducentes. Tensiones que no justifican las descalificaciones del PNV contra los jueces en defensa de su dirigente. El sistema judicial tiene capacidad para corregir sus propios errores o disparates. Así será en este caso, aunque Ibarretxe, López y Ares tengan que pagar una injusta y anticipada pena de banquillo.
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