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Discriminación laboral, principal motivo de queja

De las 40 consultas y quejas recibidas, 18 se refieren a conductas discriminatorias en el ámbito laboral, la mayoría de ellas relacionadas con la maternidad y la conciliación de la vida laboral y familiar. Siete cuestionaron a asociaciones que deniegan el acceso a mujeres, tres plantearon casos de acoso sexista, una criticó el tratamiento de los medios de comunicación al deporte femenino, tres denunciaron imágenes discriminatorias en espacios públicos y ocho se refieren a cuestiones diversas. El 72% las plantearon mujeres, 26 por iniciativa personal, ocho derivadas por Emakunde y cuatro por sindicatos.

- Oposiciones y parto. Una mujer pidió un examen especial por coincidir la fecha de su parto con una prueba de suficiencia investigadora en la UPV. Se la derivó al Ararteko por tratarse de una universidad pública.

- Humillación. Una técnica municipal se siente humillada e insultada por comentarios que en reuniones de trabajo realiza un técnico del Gobierno vasco. Se la deriva a la oficina Zuzenean del Ejecutivo autonómico.

- Categoría profesional. Una mujer empleada en una empresa privada reclama una categoría profesional superior, acorde a sus compañeros varones que realizan sus mismas funciones. Se le pide que formalice su queja y se le informa de cómo hacerlo.

- Sociedad gastronómica. Un hombre protesta por la restricción de la entrada de mujeres a su sociedad gastronómica los fines de semana. Se le pide que formalice la queja y remita los estatutos de la sociedad.

- Reducción de jornada. Trabajadora con hijo menor de ocho años cuya empresa no admite las excedencias ni reducciones de jornada. Se le informa de las previsiones legales del Estatuto de los Trabajadores y de la Ley de Procedimiento Laboral.

- Concreción horaria. Empleada de empresa editorial en reducción de jornada que no logra acordar el horario con su superior. Se emitió recomendación a la empresa para que facilitara la conciliación. Se alcanzó acuerdo.

- Discriminacion indirecta. Un varón denuncia que un club náutico no permite el voto a los cónyuges de los socios. No se aprecia discriminación directa, pero sí indirecta, al ser mujeres el 98% de los cónyuges. El club realizó la modificación de los estatutos recomendada.

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