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El juez abre diligencias por un posible delito electoral en Fanzara

El censo, en un pueblo de 300 vecinos, creció en un centenar de personas

María Fabra

El juzgado número 2 de Nules ha abierto diligencias previas para investigar la posible comisión de un delito electoral en el municipio castellonense de Fanzara. El juzgado atiende así la denuncia presentada por los concejales socialistas en la localidad después de comprobar cómo el censo municipal aumentaba en alrededor de un centenar de personas en una población de apenas 300 habitantes.

De momento, la juez de Nules ha citado a los denunciantes y ha comunicado a la fiscalía su decisión de iniciar la investigación sobre la supuesta manipulación electoral. Es previsible que, como en el caso de Argelita, donde también se abrió un procedimiento judicial, se llame a declarar a todos los "nuevos vecinos" que figuraban en el censo y que según los denunciantes no residían en el pueblo. De hecho, la denuncia adjunta la lista con todos los nombres que, a juicio de los denunciantes, pudieron cometer el presunto fraude electoral.

En el caso de Argelita, el empadronamiento masivo se paró antes de que se celebraran las elecciones. Sin embargo, en Fanzara, los recién empadronados pudieron votar cuando, tal como reflejaban en los datos que aportaron para ser incluidos en el censo, algunos de ellos supuestamente vivían en casas absolutamente inhabitables. Algunas de ellas estaban en ruinas mientras que otras sólo albergaban escombros y viejos enseres. Las elecciones se celebraron y el PP ganó en Fanzara por una diferencia de 13 votos después de que muchos de los "nuevos vecinos" depositaran su papeleta en la urna. Sus llegadas a la mesa electoral provocaron cierto revuelo en el municipio y la indignación de quienes se sintieron "engañados" por la participación de unos ciudadanos que no consideran vecinos y que, quizá, decidieron el color político del ayuntamiento.

La denuncia se presentó por la vía penal después de que la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) desestimara el recurso presentado por el PSPV contra los resultados de las elecciones en Fanzara. Aquella sentencia respondió al recurso contencioso-electoral pero no entraba a evaluar las presuntas irregularidades en la composición del censo electoral denunciadas por los socialistas. El fallo indicaba que no era aquel juzgado el que debía aclarar "quiénes pueden estar incluidos en el censo, con base en el que deben celebrarse las elecciones", ya que a su entender, suponía "una invasión de la competencia o incluso de la jurisdicción de otros órganos jurisdiccionales".

Esta decisión del TSJCV permitió que se declarara la "validez de la elección y de la proclamación de electos" con lo que el Ayuntamiento de Fanzara pudo finalmente constituirse, aunque después de que lo hicieran el resto de ayuntamientos valencianos.

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