Un tribunal rechaza alargar la prisión del 'violador del Vall d'Hebron'
No habrá doctrina Parot para un violador. La Sección Quinta de la Audiencia de Barcelona ha rechazado la petición de la fiscalía para que José Rodríguez Salvador, el violador del Vall d'Hebron, cumpla 30 años en prisión.
El recluso quedará en libertad el 22 de septiembre tras pasar más de 16 años entre rejas por 17 violaciones, entre consumadas e intentadas, tres agresiones sexuales y nueve delitos de rapto.
Ante el alto riesgo de reincidencia que diagnostica el equipo de tratamiento de la prisión de Quatre Camins, la fiscalía había solicitado que se le aplicara el mismo criterio jurídico que dictaminó el año pasado el Tribunal Supremo para el etarra Henri Parot. Es decir, que no salga de la cárcel en 30 años al aplicarle los beneficios penitenciarios sobre cada pena impuesta.
Sin embargo, la Audiencia de Barcelona considera que la doctrina Parot no es aplicable al violador porque éste tiene dos sentencias firmes desde 1998 y 1999, contra las que "no cabe recurso ordinario de ninguna clase". Por el contrario, en el caso del etarra era posible recurrir la resolución judicial y fue esa actuación de la fiscalía lo que permitió alargar el encarcelamiento de Parot.
"No estamos ante un recurso, sino ante una petición" de la fiscalía, razona la Audiencia de Barcelona, quien en otro momento recuerda: "Hablamos aquí de resoluciones judiciales intocables y no de mera o novedosa interpretación jurídica o de aplicación, a los nuevos casos, de una determinada doctrina jurisprudencial".
La fiscalía argumentaba que recurría la salida de la cárcel de Rodríguez Salvador porque se había producido una "liquidación de condena errónea" de las penas a las que fue condenada el violador, y que sumaban 311 años y ocho meses. Los cálculos se realizaron considerando como límite máximo de estancia en prisión los 20 años que establece el Código Penal vigente y aplicando los beneficios que establecía el texto derogado en 1996. El tribunal considera, por el contrario, que se trata de una "liquidación de condena aprobada definitivamente".
La fiscal jefe de Cataluña, Teresa Compte, anunció hace unos días que si la Audiencia de Barcelona desestimase su petición recurría ante el Tribunal Supremo para defender sus planteamientos.
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