Un relevo imprevisible
Estaba cantado: la Mesa de las Cortes anunció la destitución de Glòria Marcos como síndica del grupo del Compromís pel País Valencià y, de acuerdo con la mayoría del mismo, designó a Mònica Oltra, de la corriente Esquerra i País, para ocupar tal cargo. La resolución no se ha notificado aún ni al grupo ni a la afectada. La supuesta operación de derribo de la coordinadora de EUPV tiene las trazas de un diseño laborioso e interesado. Pero este cronista confía y desea que sólo prevalezcan las trazas y se disipen suposiciones nada prometedoras, para todos y cada uno de los partidos coaligados, y menos para un sector de la sociedad valenciana, que respaldó una opción política e institucional, para contemplar ahora un escenario nada edificante. Bien es cierto que las urnas le fueron cicateras al Compromís, y los resultados de los comicios no respondieron a unas expectativas que se dispararon, en la ardiente matemática de la coalición. Y hasta es muy posible que el ensombrecido paisaje postelectoral descoloque a unos y otros, modifique presupuestos o demande una revisión de protocolos. Si es así, póngase todo ello a la luz del diálogo, de la solvencia política y ética, del debate racional y diáfano -si eso aún tiene valor-, pero no se eche mano de procedimientos más propios de una derecha casposa, que sigue ahí. Pues, por dónde, el cronista entiende impertinente la destitución de Glorià Marcos. Primero, porque el término destitución no se contempla en el Reglamento de las Cortes, y sí el de sustitución. Segundo, porque la sustitución, siempre dentro del concepto de temporalidad, se contempla en casos de enfermedad, incapacidad o ausencia. Tercero, porque si la constitución de un grupo parlamentario ha de producirse por escrito dirigido a la Mesa, con expresión del nombre del titular o la titular de la portavocía, en este caso, y firmado por todos sus componentes y no por mayoría simple, parece razonable y más ajustado a derecho que su destitución lleve la firma de todos los miembros del grupo, excepto lógicamente el del interesado o interesada, en este caso, y no solo la de la mitad más uno. Que los juristas se pongan al tajo. Y por otro dónde, el cronista también entiende que si el expediente sancionador que se les abrió a las dos diputadas de EiP, por incumplir con la Carta Financiera de EU y cuya resolución ha de producirse antes del 15 de septiembre, terminara con la expulsión de las mismas, nadie podrían calificarlas de tránsfugas, ni ahora ni entonces, porque la definición académica dice: "Persona que pasa de una parte a otra", y figuradamente "Persona que pasa de un partido a otro", lo que no es el caso. Ciertamente, o se arranca de cuajo este curioso toma y daca, o todos van a terminar en el desastre. Algunos analistas, comentaristas, oportunistas, han aprovechado el bailongo para descalificar al Partido Comunista. No es más que el síndrome de Pita da Veiga: a ciertos falsos demócratas se les lee la dimisión, entre líneas. Hala, al agua.
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