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El TC rechaza acumular los recursos contra el Estatuto catalán, por lo que Pérez Tremps intervendrá en seis

El Tribunal Constitucional ha rechazado la petición formulada por el PP para acumular los siete recursos de inconstitucionalidad presentados contra el Estatuto de Autonomía de Cataluña. En un auto dado a conocer ayer, el alto tribunal argumenta que, de acordarse la acumulación, se extenderían "por una vía anómala" a todos los recursos los efectos de la recusación del magistrado Pablo Pérez Tremps, acordada también a petición del PP, que debe regir sólo para el recurso presentado por este partido.

La recusación de un magistrado por el PP ha sido considerada en este caso por los partidos que apoyaron la aprobación del Estatuto como una maniobra política para influir en la composición del tribunal que ha de dictar la sentencia, eliminando a uno de los jueces que el PP consideraba poco proclive a sus argumentos.

El auto del tribunal se atiene a la doctrina constitucional según la cual la recusación debe tener un "carácter restrictivo". El PP basó su recusación en que Pérez Tremps había realizado para un organismo de la Generalitat informes relativos que podrían haber influido en la redacción de seis artículos del Estatuto, de los que el PP impugnó tres.

Pero estos artículos no han sido pugnados por ninguno de los otros seis recursos de inconstitucionalidad. Estos recursos son los del Defensor del Pueblo y los de las comunidades de Aragón, Valencia, Baleares, Murcia y La Rioja. Al atender los argumentos presentados por el abogado del Estado en contra de la acumulación, el auto del tribunal señala también que "no concurre una completa equivalencia" entre el recurso del PP, el del Defensor del Pueblo y los interpuestos por las comunidades autónomas. También afirma que de la acumulación de los recursos "no se derivaría otra economía de los trámites que la de dictarse una sola sentencia, lo que por sí sólo no justifica la acumulación de los procesos".

La previsión es que los recursos sean examinados por el Tribunal Constitucional según el orden de presentación. El primero fue el del PP, luego el del Defensor y después los de las comunidades.

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