Un plato de lentejas
La pieza de compromiso ideada por el Gobierno para prohibir y autorizar a medias las 256 candidaturas presentadas a las elecciones del 27 de mayo por Acción Nacionalista Vasca (ANV) -un partido fundado en 1930 como escisión modernizadora del PNV pero aliado con Batasuna desde 1978- ha sido rechazada por tirios y troyanos. Mientras las 123 listas de hecho permitidas son interpretadas por el PP como la señal de la vuelta de ETA a las instituciones, las 133 listas judicialmente anuladas han incrementado las protestas de la izquierda abertzale y la kale borroka de sus organizaciones juveniles. Batasuna no ha hecho sino revelar el secreto de polichinela con su público respaldo a las listas de ANV; como los futbolistas que terminan perdiendo el balón a fuerza de querer regatear a todos los contrarios, el fiscal general se ve ahora comprometido por su imprudente anuncio de la ilegalización de ANV si Batasuna hacía campaña en favor de esas siglas.
Está fuera de cualquier duda razonable que ANV era la marca de reserva del brazo político de ETA para el supuesto de que le fallaran las alternativas previas: es decir, la tercera trinchera -o el Plan C- de una estrategia que intentó primero inscribir Abertzale Sozialista Batasuna (ABS) en el registro de partidos y urdió después 252 agrupaciones de electores unidas por el rótulo común de Abertzale Sozialistak. Recurrida la inscripción de ASB ante el Supremo y anuladas judicialmente por el mismo tribunal las 252 agrupaciones feudatarias de Batasuna, el desafío de las listas de ANV concluyó la semana pasada con un empate técnico promovido por el Gobierno con la fútil esperanza de no irritar demasiado ni al PP ni a la izquierda abertzale. Las demandas del abogado y del fiscal general del Estado -las dos únicas instancias legitimadas procesalmente en este género de pleitos- pidieron la nulidad de sólo 133 candidaturas de las 256 presentadas. Aunque dieran la razón a los demandantes, el Supremo y el Constitucional rechazaron su pretensión de utilizar la vía del recurso contencioso electoral, reservado a las agrupaciones de electores. El cauce procesal adecuado es la ejecución de la sentencia ilegalizadora de Batasuna de 2003: la continuación en fraude de ley de un partido disuelto a través de otro inscrito en el registro. Pero los dos altos tribunales no se limitaron a descartar el procedimiento escogido por los solicitantes -un tirón de orejas más que merecido- sino que además recordaron el papel pasivo de los jueces en la causa: el principio dispositivo procesal atribuye a la actividad de las partes la fijación del objeto del pleito.
Así pues la limpieza por exclusión de las 123 candidaturas y del propio partido ANV que quedaron a salvo de la anulación judicial es obra exclusiva del Gobierno y del fiscal general. El Supremo ya había dejado claro que no podía pronunciarse sobre las listas de ANV no impugnadas, "ni mucho menos aún" sobre la ilegalización del partido. El Constitucional también subrayó su obligación de circunscribirse a las 133 listas citadas en la demanda "sin que podamos hacer consideraciones respecto al partido ANV en su conjunto, ni tampoco sobre las candidaturas que, al no ser impugnadas, quedan fuera del objeto propio" del amparo. De ahí que roce la malicia las declaraciones de algunos portavoces socialistas, según los cuales las resoluciones de los dos tribunales habrían construido por su cuenta y riesgo -dando así la razón al Gobierno- la muralla de china que separa las 133 listas negras de las 123 listas blancas de ANV: en realidad los magistrados se limitaron a desempeñar el papel de comensales invitados a degustar el menú corto y hondo de un plato de lentejas cocinadas por el Gobierno y servidas por el fiscal general sin más opción que dejarlas en la mesa o comérselas.
En cualquier caso, las resoluciones anulatorias de las 133 candidatas negras -en discriminatorio contraste con la presencia intangible y no impugnada de las 123 candidaturas blancas y del partido ANV que ha confeccionado unas y otras- recurren para fundamentarlas a tortuosos razonamientos dignos de los debates bizantinos sobre el sexo de los ángeles. Sirva como ejemplo la hipótesis del Constitucional según la cual las 133 candidaturas negras estarían "dotadas de autonomía" frente a ANV o serían "sencillamente un nuevo partido de facto".
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