El Tribunal Supremo anula todas las listas de ANV y AS que impugnó el Gobierno
Los 16 magistrados sostienen que el cauce jurídico a seguir debía haber sido el de la ilegalización
Sólo se salvaron siete listas independientes. La Sala Especial del Tribunal Supremo, reunida el sábado en una de las sesiones más largas de este tribunal que se recuerda, acordó al filo de las siete de la mañana, por unanimidad, tumbar la totalidad de las candidaturas de la izquierda abertzale impugnadas por la Fiscalía y la Abogacía del Estado. Un total de 379 listas que pretendían concurrir a las elecciones del 27-M bajo las siglas de Acción Nacionalista Vasca (ANV) o Abertzale Sozialistak, al amparo de la ilegalizada Batasuna. Los jueces han rechazado todas las candidaturas de las agrupaciones electorales de ASB y la mitad de las listas del partido político ANV.
La decisión del Supremo ha sido acogida con satisfacción por el Gobierno, que considera que los magistrados le dan la razón. El PP, por el contrario, acusa al Ejecutivo de "permitir" que ETA y Batasuna puedan presentarse a los comicios.
La contaminación de estas listas por parte de Batasuna, al aparecer en ellas candidatos de la formación liderada por Arnaldo Otegi, así como los documentos intervenidos a presuntos etarras en los que se aludía a esta estrategia electoral para burlar la Ley de Partidos han sido los criterios fundamentales tenidos en cuenta por el Supremo.
En el auto, los magistrados advierten de que cuando exista la hipótesis de que un partido político pretende suceder a Batasuna, para burlar su ilegalización, el cauce jurídico adecuado no es -como el Gobierno ha hecho en esta ocasión-, promover la anulación de listas, sino solicitar la ilegalización del nuevo partido, a través de la Ley de Partidos.
El autohace unas extensas consideraciones sobre este criterio.Según los magistrados, al impugnarse las candidaturas de un partido político, en este caso ANV, la Ley del Régimen Electoral (Loreg) no atribuye la competencia a la Sala Especial. Sí en el caso de las agrupaciones electorales de ASB, dadas las diferentes naturalezas de unos y otros.
Es decir, a diferencia de lo que sucede con las agrupaciones de electores, la Ley del Régimen Electoral no contempla ninguna fórmula válida para el control de las candidaturas de partidos políticos.
Así, ante la hipótesis de que un partido político presentara candidaturas con el ánimo de burlar los efectos de la ilegalización de otro partido, el cauce para salvaguardar que se cumple la sentencia es el de solicitar ilegalización del nuevo partido o del que, sin ser de nueva creación, sea aprovechado con el mismo designio defraudatorio.
La Sala dice que es competente para apreciar la continuidad o sucesión de un partido ilegalizado y disuelto por otro partido aparentemente legal, pero la impugnación sólo se puede articular a través del proceso de ejecución de la sentencia que ilegalizó Batasuna.
Establecido que ese cauce es el adecuado la Sala, respetando el principio de proporcionalidad, dio un trámite de audiencia al fiscal y al abogado del Estado para que formulasen alegaciones. Cumplimentado ese requisito, la Sala acordó continuar por el trámite de ejecución de sentencia, "acomodando lo actuado a la expresada vía". Tras ello los demandantes coincidieron en que, en el momento en que se han ejercitan las impugnaciones, no pueden extenderse a excluir todas las listas de ANV, "ni mucho menos a la solicitud de ilegalización de ese partido".
Por tanto "ése es el ámbito", dice la Sala, "al que debe limitarse nuestro enjuiciamiento de acuerdo con las exigencias del principio dispositivo".
El Supremo analiza después las pruebas aportadas por la Fiscalía y la Abogacía del Estado sobre los documentos intervenidos a presuntos etarras y las listas de ANV que incluyen candidatos vinculados a Batasuna. La Sala explica que en el caso de ANV no es preciso que el número de candidatos vinculados a Batasuna sea muy alto o que éstos tengan una especial relevancia, al contrario de lo que sucede con las agrupaciones electorales.
"El auto demuestra que teníamos razón", afirmó el ministro de Justicia, Mariano Fernández Bermejo, tras conocer el acuerdo de los magistrados. El fiscal general, Cándido Conde-Pumpido, expresó igualmente su satisfacción y dijo que es un mensaje a Batasuna, pues "sólo cumpliendo estrictamente la ley se puede uno incorporar al estado democrático".
En un tono muy diferente, el líder del primer partido de la oposición, Mariano Rajoy, acusó al Gobierno de permitir que ETA y Batasuna hayan vuelto a las instituciones y se puedan presentar a las elecciones, lo que consideró un "enorme error que defrauda a miles de españoles".El portavoz socialista en el Congreso, Diego López Garrido, replicó: "La anulación de las listas es un triunfo democrático trabajoso y complicado". Y el secretario de Organización del PSOE, José Blanco, manifestó que el Gobierno ha cumplido la ley en las impugnaciones de estas listas y el Tribunal Supremo "la ha aplicado".
Antes de anular las candidaturas de ANV, el Supremo decidió no actuar contra siete de las ocho listas independientes impugnadas por el Gobierno, bien porque habían rechazado expresamente la acción violenta, bien por la inconsistencia de las pruebas presentadas contra ellas.
Tu suscripción se está usando en otro dispositivo
¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?
Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.
FlechaTu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.
En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.