Banyoles multará a quienes contaminen con malos olores
Banyoles huele mal. Con este lema tan contundente, la asociación ciudadana Banyoles fa Pudor lleva luchando desde el año 2003 contra la proliferación de olores pestilentes que afectan a buena parte de las viviendas de la capital de El Pla de l'Estany. Vecinos y entidades no han parado de denunciar una situación que tiene su origen en las actividades industriales del barrio de La Farga, donde viven unas 2.500 personas y donde también se concentran las empresas dedicadas a la fabricación de gelatinas y varias industrias cárnicas. Finalmente, el Ayuntamiento de Banyoles, gobernado por Esquerra Republicana, aprobó en el pleno municipal celebrado ayer una ordenanza para regular la emisión de olores en la ciudad y establecer las sanciones correspondientes en caso de incumplimiento, que pueden llegar a ser de 3.000 euros.
El caso más denunciado es el de la empresa Juncà, SA, productora de gelatinas y en cuyos procesos de fabricación se emiten sustancias volátiles que originan los malos olores, además de realizar vertidos que los vecinos consideran causantes de problemas respiratorios, dolores de cabeza e insomnio.
El de Banyoles es el primer municipio de las comarcas de Girona y el segundo de Cataluña, después de Lliçà de Vall (Vallès Oriental), que se dota de una normativa para hacer frente a la contaminación por malos olores. La ordenanza, que entrará en vigor antes del verano, fija los límites de las emisiones de las partículas causantes de los malos olores y define los sistemas de control y procesos que seguir en caso de denuncia.
Exigencia de garantías
En un principio, la normativa se creó para dar respuesta a la plataforma ciudadana Banyoles fa Pudor, pero se hará extensiva a cualquier actividad, por lo que en el momento de solicitar una licencia de apertura de cualquier negocio o industria se exigirán garantías de control de los olores que dicha actividad económica pueda emitir. Otra forma de control será la revisión de las instalaciones cuando toque renovar la licencia de actividad.
El procedimiento que seguir en caso de denuncia establece que, en primer lugar, se buscará el origen de las emisiones contaminantes y añade que no se podrá expedientar al causante de los malos olores si la duración de éstos no superan el 15% del tiempo productivo anual de la empresa o actividad industrial. En caso de superarse este tiempo, sería cuando se abriría el proceso sancionador, que puede acabar con la imposición de una multa de hasta 3.000 euros.
La ordenanza municipal se ha redactado siguiendo los criterios técnicos y científicos fijados por técnicos de la Universidad Politécnica de Cataluña, mientras que la parte normativa se basa en la escasa legislación existente sobre la materia, no sólo en España, sino en el resto de la Unión Europea.
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