Quien contamina, repara
Se acaba de aprobar el Proyecto de Ley de Responsabilidad Ambiental para prevenir los daños medioambientales y reparar los que se causen. Ante cualquier contaminación, haya o no infracción por parte de quien la causó, surge la obligación de reparar los daños provocados, no sólo compensarlos económicamente. Más que el principio "quien contamina, paga" prevalece el principio de "quien contamina, repara".
Con la nueva ley y las normativas de la Unión Europea, muchas compañías están empezando a tener en cuenta sus responsabilidades ante el posible impacto ecológico de sus operaciones, tanto pasadas como presentes y futuras. Las grandes corporaciones y las pequeñas empresas están cada vez más sensibilizadas ante posibles demandas de terceros por daños medioambientales que afectan directamente al valor de sus activos.
Además de la fuerza coercitiva de la ley, las empresas están cada vez más presionadas para adoptar medidas que controlen su impacto sobre el medio ambiente. Las estrategias de buen gobierno corporativo y de control del riesgo medioambiental son cada vez más importantes para los accionistas, potenciales inversores y empleados. De ahí que un seguro como éste se convierta en una herramienta imprescindible ante un entorno cada vez menos transigente con la contaminación medioambiental.
El objetivo del seguro es asegurar que las compañías cuenten con respaldo suficiente para solucionar los posibles daños medioambientales que pudieran provocar. Las empresas deberán adoptar, en consecuencia, todas las medidas necesarias para evitar un siniestro medioambiental, teniendo en cuenta el criterio establecido de la responsabilidad civil objetiva (quien contamina, paga y repara). Esto será especialmente importante para aquellos sectores de actividad de alto riesgo contaminante, como las instalaciones de combustión, transformación de metales, minerales o industrias químicas ya que se verán obligadas a contar con una garantía financiera para hacer frente en caso de siniestros medioambientales.
Con el riesgo de sufrir multas de hasta dos millones de euros, las empresas tendrán que actualizar sus procesos de gerencia de riesgos y de cobertura de seguro ya que la responsabilidad ambiental de éstas tendrá una vigencia de 30 años desde que se produzca el daño.
La nueva ley establece tres opciones para que las empresas afronten su responsabilidad ambiental: contratando una póliza de seguro medioambiental, un aval bancario o una reserva técnica en su contabilidad. Los criterios que se van a tener en cuenta para el establecimiento de primas son: la actividad de la empresa y procesos productivos, las situaciones de riesgo, la facturación y la siniestralidad anterior de riesgos medioambientales.
La prima variará entre estos factores y la franquicia que se establezca. Se puede hablar de empresas que tendrán una prima de 5.000 euros con un límite muy pequeño por siniestro; y de grandes empresas que tendrán primas superiores a los 500.000 euros, con un límite por siniestro superior a los 20.000.000 euros.
En nuestro caso, la póliza no sólo cubre la contaminación accidental y gradual que se puede producir por una empresa, sino los daños propios producidos en las instalaciones de la empresa contaminante, la pérdida de beneficios provocada por la contaminación de las instalaciones de la empresa contaminante, los costes de prevención de daños y el transporte. La póliza cuenta con un plazo de hasta 10 años y los límites disponibles ascienden hasta 20 millones de euros por póliza. Las coberturas de una buena póliza deben incluir los costes de limpieza, la responsabilidad por daños a la propiedad y lesiones físicas de terceros, las demandas de terceros, la interrupción del propio negocio resultante de la contaminación y los costes y gastos incluidos en todas las demandas.
Antonio Romero es director de Responsabilidad Civil de Ace European Group.
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