Archivo apresurado
El auto por el que una juez de Melilla ha archivado las diligencias sobre un supuesto delito de falsificación del formulario oficial del voto por correo, abiertas contra el gerente del Partido Popular en dicha ciudad, tiene todos los rasgos de una absolución anticipada que debería ser, en todo caso, resultado de un juicio. El asunto tiene demasiados puntos oscuros como para darlos por aclarados en un auto de archivo, y tras una somera investigación judicial en la que el ministerio fiscal no ha tenido oportunidad de ejercer en toda su integridad su tarea en defensa de la legalidad.
De entrada, la decisión judicial no despeja la incógnita de la utilización final de los mil ejemplares del impreso oficial del voto por correspondencia, encargados a una imprenta por el gerente del PP melillense tras la imposibilidad de obtenerlos en las oficinas de Correos por su carácter estrictamente personal. De ahí que la sospecha, mantenida por el ministerio fiscal, de que el objetivo no era otro que alterar o influir en el voto por correo, siga estando en el aire por más que la presunción de inocencia ampare a los implicados en los hechos. Pero este extremo permite considerar que estamos ante el cierre judicial apresurado de un asunto de difícil explicación, pues se dan por resueltas cuestiones que sólo una investigación más profunda o, en último término, el juicio oral podrían aclarar sin dejar ningún cabo suelto.
No hace falta ser un experto en leyes para saber que los partidos políticos no están facultados para obtener y luego facilitar a sus posibles votantes los impresos oficiales del voto por correo y mucho menos imprimirlos por su cuenta como si fueran verdaderos. Llama la atención que la juez de Melilla dé por hecho que el gerente del PP local desconociera que la reproducción de la solicitud del voto por correo es ilegal, atribuyéndole una ignorancia jurídica que, además de no eximirle del cumplimiento de la ley, casa mal con el nivel cultural medio atribuible al representante de un partido político.
En todo caso, se trata de una cuestión -si actuó o no con dolo- que exige un debate judicial más exhaustivo que el que fundamenta un auto de archivo. Lo mismo ocurre con la cuestión de si el impreso oficial del voto por correo puede considerarse documento público. La juez considera que "inicialmente" no lo tiene, sin dar opción a debatir más ampliamente tan importante cuestión doctrinal. Por ello, era obligado recurrir el auto y abrir la posibilidad de que instancias judiciales más altas retomen el caso, no sólo para determinar mejor la culpabilidad o inocencia de los implicados, sino para dejar claro que actuaciones como las del PP en Melilla no tienen amparo en la ley y deben ser cortadas de raíz para evitar alteraciones fraudulentas del voto.
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