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El Gobierno pone coto al robo ilegal de clientes entre compañías

Las compañías de telecomunicaciones que den de alta a usuarios sin su permiso (práctica conocida como slamming) tendrán que demostrar que el alta es consentida si hay una reclamación. Ésta es una de las nuevas disposiciones de la Orden que regula las reclamaciones de los usuarios de telecomunicaciones, aprobada ayer por el Ministerio de Industria.

El slamming, o el robo ilegal de clientes entre compañías, no es una práctica muy extendida: concentra sólo el 4% de las reclamaciones por telefonía fija y el 9% de las de Internet. Pero, en opinión del Ministerio de Industria, "se trata de unos hechos de especial gravedad".

En el caso de que el operador no pueda demostrar que el usuario se ha dado de alta deberá anular las facturas emitidas, devolverle el dinero y, además, supondrá la apertura de un expediente sancionador.

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La nueva orden también regula los retrasos en el alta del servicio solicitado. Cuando los operadores incumplan los plazos establecidos, los usuarios podrán darse de baja inmediatamente sin necesidad de esperar los 15 días establecidos en la normativa.

Una vez se publique la orden en el Boletín Oficial del Estado, las compañías tendrán la obligación de enviar a sus abonados, dos veces al año, un documento en el que les informe de sus derechos, entre otros: darse de baja en cualquier momento; el procedimiento establecido para ello; conocer las modificaciones contractuales con un mes de antelación; el derecho a recibir una compensación por la interrupción del servicio. Además, en las facturas deberán aparecer los números de atención al cliente de la compañía, el de la Oficina de Atención al Usuario de Telecomunicaciones y el del Ministerio de Sanidad y Consumo.

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