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El TSJ no se ha pronunciado sobre si Porxinos tiene agua suficiente

El auto del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana que levanta la suspensión cautelar del plan parcial de Porxinos, en Riba-roja, que acogerá la ciudad deportiva del Valencia CF explica que esa decisión no se pronuncia sobre la "disponibilidad" de agua. En los fundamentos jurídicos de ese auto se precisa que "la solución no suspensiva" sólo permite el levantamiento y reitera que "no cabría aquí realizar pronunciamiento y, mucho menos dar conclusión definitiva sobre la disponibilidad de agua ya que eso pertenece a la sentencia definitiva".

El plan fue paralizado judicialmente el pasado 19 de enero después de que el Ministerio de Medio Ambiente, a través de la Subdelegación del Gobierno en Valencia, recurriera su aprobación administrativa por carecer de un informe sobre sus necesidades hídricas.

La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo suspendió cautelarmente la ejecución del acuerdo de la Comisión Territorial de Urbanismo del 30 de junio de 2006 que aprobó el plan, al entender que se había producido la "omisión de un trámite esencial", como es el informe de la Confederación Hidrográfica del Júcar (CHJ).

Posteriormente, la Generalitat presentó un recurso de súplica sobre el que ahora se ha pronunciado el TSJ, que indica que ha sido a raíz de esa súplica cuando "se han realizado alegaciones y aportado elementos nuevos, que no pudieron ser tenidos en cuenta a la hora de dictar el auto de suspensión".

Señala así que "la solicitud de suspensión formulada por la Administración del Estado se refería exclusivamente" al informe de la CHJ del 15 de diciembre de 2005, y que "denunciaba la insuficiencia de datos facilitados por el Ayuntamiento de Riba-Roja, por lo que se informaba negativamente".

Escrito de Acuagest

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El auto indica además que la Generalitat, en su escrito de oposición a la suspensión, "confirma el hecho de que no existiera más informe que el aludido". No obstante, en la súplica evidencia que no es así y pretendía que se complementara o se sustituyera por el emitido por la entidad Acuagest (encargada del suministro de agua en el municipio), lo que, según el TSJ, "carece de apoyo normativo y no es procedente".

En el auto se afirma incluso que, "por si ello fuera poco", la documentación tampoco había sido remitida a la Sala "pese a los requerimientos efectuados". Además, el auto se refiere a que en el recurso de súplica, la Generalitat alega "disparidad de criterios de la Sala" que "no se ha justificado" y sobre esto el TSJ afirma que se desestima "por mera conjetura o apreciación subjetiva de la Generalitat".

Por otro lado, la sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJ ha emitido un auto por el que decide levantar la suspensión cautelar del PAI Pla de la Font de Villalonga, una medida que había sido solicitada por la Subdelegación del Gobierno de la Comunidad Valenciana. Dicho plan contempla la construcción de 4.000 viviendas y un campo de golf en el municipio, una pequeña población ubicada en el interior de la Safor.

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