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El Constitucional rechaza la recusación de la Generalitat contra Rodríguez-Zapata

La fiscalía informa a favor del recurso de súplica para que se reincorpore Pérez Tremps

El Pleno del Tribunal Constitucional rechazó ayer de plano y por unanimidad la recusación del juez Jorge Rodríguez-Zapata instada por la Generalitat de Cataluña para evitar que interviniera en las deliberaciones del Estatuto catalán. El pleno resolvió que un trabajo por el que Rodríguez-Zapata cobró 200.000 pesetas brutas fue "un análisis racional" de la repercusión de la Carta Europea de Administración Local sobre la jurisprudencia del Supremo y del Constitucional, por lo que "no puede constituir el soporte de una sospecha fundada de parcialidad".

La principal consecuencia de la inadmisión a trámite de la recusación de Rodríguez-Zapata es que en el Tribunal se mantiene una superioridad de seis magistrados conservadores sobre cinco progresistas al inicio de las deliberaciones sobre el Estatuto de Cataluña. La única expectativa aún pendiente es el recurso de súplica de la Generalitat contra la recusación del magistrado Pablo Pérez Tremps, sobre el que la Fiscalía del Constitucional informó ayer a favor de su estimación.

La decisión fue adoptada por unanimidad, sobre un texto elaborado por el ponente, el magistrado progresista Pascual Sala. El Pleno estuvo formado por 10 magistrados, habida cuenta de que no intervinieron en la deliberación ni el recusado Rodríguez Zapata ni el recusado por el PP, Pérez Tremps.

En un auto dictado anoche, el Constitucional afirma que el trabajo de Rodríguez Zapata para la Fundación Pi y Sunyer de la Generalitat fue "un trabajo doctrinal y científico que, al margen de tomas de postura concreta sobre cuestiones específicas, se centra en recoger de forma descriptiva y sistemática la repercusión que ha tenido la citada Carta Europea de Autonomía Local en la jurisprudencia de la Sala Tercera del Tribunal Supremo y de este Tribunal Constitucional".

Añade que dicho estudio se limita a establecer "unos principios generales relativos, entre otros, a la competencia y recursos financieros de los entes locales", por lo que "no entra en el detalle de competencias y recursos económicos de dichos entes". "Únicamente los somete a la Constitución y a la Ley, que variará lógicamente en los diferentes Estados miembros del Consejo de Europa, al igual que hace la Constitución española y las leyes que la desarrollan". En consecuencia, dicho trabajo jurídico "no puede constituir el soporte de una fundada sospecha de parcialidad".

Recurso de súplica

Tras la inadmisión de la recusación, queda pendiente el pronunciamiento del Pleno sobre el recurso de súplica contra la recusación de Pérez Tremps. La teniente fiscal del Constitucional, María Ángeles Sánchez Conde, informó a favor de la estimación del recurso para que quede sin efecto la recusación del magistrado Pérez Tremps. Subsidiariamente, la fiscal propone que Pérez Tremps quede apartado sólo de los debates de los artículos sobre los que realizó su trabajo, que afectan a la acción exterior de Cataluña.

El informe de la Fiscalía considera "absolutamente revelador" que el PP sólo impugne tres artículos de los 17 que dedica el Estatuto a la política exterior de Cataluña. Y más relevante aún que esos tres artículos sean una ínfima parte de los 127 artículos impugnados.

Por su parte, la Generalitat ha recogido en sus alegaciones el voto particular de la presidenta del Tribunal, María Emilia Casas, según el cual Pérez Tremps no participó en la propuesta de Estatuto presentada a las Cortes.

El Gobierno catalán recibió anoche "con tranquilidad" el rechazo de la recusación pero fuentes de la Presidencia dijeron que esperan "coherencia" ante el recurso de súplica.

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