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Análisis:ANÁLISIS | NACIONAL
Análisis
Exposición didáctica de ideas, conjeturas o hipótesis, a partir de unos hechos de actualidad comprobados —no necesariamente del día— que se reflejan en el propio texto. Excluye los juicios de valor y se aproxima más al género de opinión, pero se diferencia de él en que no juzga ni pronostica, sino que sólo formula hipótesis, ofrece explicaciones argumentadas y pone en relación datos dispersos

Tribunal a la carta

Viraje inesperado en el Tribunal Constitucional

Tres de los ocho magistrados que desestimaron en 2006 la recusación contra Pérez Tremps presentada por el PP en relación con el Estatuto de Cataluña cambian de criterio un año después

EL INCIDENTE DE RECUSACIÓN de Pablo Pérez Tremps, planteado por el PP ante el alto tribunal para impedir que el magistrado participe en las deliberaciones sobre el recurso de inconstitucionalidad contra el Estatuto de Cataluña, fue estimado el lunes por seis votos frente a cinco. Tiempo habrá para analizar no sólo la fundamentación jurídica de las posiciones mayoritaria y discrepante, sino también las supuestas disimilitudes -de hecho y de derecho- entre la recusación ahora ganadora y el auto de 16 de enero de 2006 que rechazó por ocho votos a tres un incidente semejante -también promovido contra el mismo magistrado por el PP- a propósito del recurso de amparo de los populares contra la tramitación en el Congreso de la propuesta estatutaria aprobada por el Parlamento catalán el 30 de septiembre de 2005. En cualquier caso, la insólita recusación -ninguna otra había sido estimada en los casi 27 años de funcionamiento del Constitucional- despide un desagradable tufo a contaminación político-partidista, que ha polucionado de manera humillante a un honrado y competente jurista ajeno a las ambiciones, enjuages y deslealtades de algunos colegas.

A la segunda va la vencida. Hay buenas razones para temer que el Constitucional -su deterioro se aceleró bajo el mandato de Aznar- ha emprendido la peligrosa ruta de erigirse en una tercera Cámara manipulada por el principal partido de la oposición a fin de conseguir los propósitos que las Cortes le niegan. La primera recusación del PP contra Pérez Tremps, rechazada en enero de 2006 por una amplia mayoría a la que pertenecían tres magistrados (Conde, Delgado y Jiménez) valedores -sin embargo- un año después del apartamiento de su compañero, adujo como causa justificadora el conocimiento del objeto del litigio gracias al previo desempeño de un cargo público o administrativo (artículo 219.16ª de la Ley Orgánica del Poder Judicial). La segunda intentona del PP echó mano del artículo 219.13ª de la LOPJ: la participación directa o indirecta en el asunto objeto del pleito. Ahora bien, el carácter abstracto del examen de constitucionalidad de las leyes impide su igualación -a efectos recusatorios- con los pronunciamientos concretos sobre los intereses de parte defendidos en las causas judiciales. Los comportamientos de Pérez Tremps no son subsumibles en las causas de recusación descritas por el artículo 219 de la LOPJ. El trabajo titulado La acción exterior y la participación europea ante una posible reforma del Estatuto de Cataluña, que actualizaba investigaciones iniciadas en 1989, le fue encargado por el Instituto de Estudios Autonómicos durante las postrimerías del mandato de Pujol, siete meses antes de ser nombrado magistrado del Constitucional.

En cualquier caso, los jubilosos comentarios sobre la recusación de Pérez Tremps expresados por los portavoces más desvergonzados del PP -con el inevitable Zaplana al frente- y la recua de periodistas cortesanos aspirantes a desempeñar el papel de consejeros áulicos de cualquier presidente de Gobierno enseñan sobre las claves de este episodio más que una enciclopedia jurídica. Los jubilosos brindis funerarios de El Mundo y la radio de los obispos celebraban la nueva mayoría para tumbar el Estatuto de Cataluña que el apartamiento del juez recusado hacía posible. El siniestro reverso de esa histérica euforia ha sido la feroz campaña disuasoria desatada a renglón seguido para impedir que el magistrado designado en su día por el Gobierno dimita de su cargo: el doble linchamiento -para que se abstuviera, antes, y para que no renuncie, ahora- pretende fabricar un tribunal a la carta que resuelva a favor del PP el macrorrecurso de inconstitucionalidad -más de cien artículos- contra el Estatuto catalán. Pérez Tremps podría hacer suyos con amargura tanto el sarcasmo de san Lorenzo - "dame la vuelta, que por este lado ya estoy tostado"-, recordado por el Pedro de Tiempo de silencio cuando el tren pasa delante del monasterio de El Escorial, como el estrambote de Luis Martín-Santos a esa imagen sacra: "Y el verdugo le dio la vuelta por una simple cuestión de simetría".

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