La Fiscalía cree que no son atentados las agresiones a profesores de centros privados
El ministerio público considera que esos profesionales no pueden equipararse a funcionarios
La Fiscalía de Valencia ha tenido que pronunciarse en los últimos días sobre la protección de los profesionales de la sanidad y de la educación en los supuestos de agresión. Los afectados han solicitado que se traten como atentados y por tanto sean castigados, de acuerdo con el Código Penal, con penas de cárcel para los autores. Sin embargo, aunque acepta una interpretación amplia de las agresiones a profesores de la educación pública y la concertada como atentados a funcionarios, cree que no es posible extender su aplicación a los docentes de la enseñanza estrictamente privada.
Se puede hacer una interpretación laxa y extender el criterio a los centros concertados
Según explica el portavoz de la fiscalía de Valencia, las agresiones a profesores o a sanitarios efectivamente pueden entenderse como atentado a funcionario público. Pero en ningún caso como atentado a autoridad, como en algún momento se ha planteado. La portavocía de la Fiscalía de Valencia precisa que el ordenamiento jurídico es muy claro sobre la consideración de autoridad y en ningún caso los profesores o los sanitarios están incluidos.
Han sido los sindicatos profesionales, tras episodios recientes de agresiones a profesores y a sanitarios, así como tras conocerse las estadísticas facilitadas por los colegios profesionales, los que han instado a un posicionamiento más comprometido de la Fiscalía. El fiscal jefe, Ricard Cabedo, ha firmado dos decretos en los que insta al conjunto de fiscales a un mayor compromiso en esos supuestos y a que no se califiquen como faltas sino que al delito de lesión se sume el de atentado a funcionario público.
Pero el concepto de funcionario público también ha sido objeto de debate por la Fiscalía de Valencia, especialmente en el caso del profesorado. La Ley de Educación deja muy claro que es funcionario público el profesor que ejerce una función pública en un centro también público. La Fiscalía, tras debatir sobre el asunto, entiende que aunque la Ley de Educación no lo dice expresamente, se puede hacer una interpretación laxa y extender esa consideración a los centros concertados. Según el ministerio público, una cosa es lo que de hecho sea pero otra lo que jurídicamente es. Por eso mismo considera que el profesorado de los centros concertados es asimilable al de los centros públicos en la medida que ejerce una función pública autorizada desde la administración pública. Pero parece claro, para la Fiscalía, que esa consideración no ampara a los profesores de la enseñanza estrictamente privada.
La Fiscalía de Valencia coincide, según explica su portavoz, en su criterio sobre el profesorado y los profesionales sanitarios, con la Fiscalía de Alicante y con la Fiscalía General del Estado. Sin embargo, esta última no se ha pronunciado sobre si la consideración de funcionario público es extensible a quienes trabajan en centros concertados. La Fiscalía de Valencia entiende que la interpretación será la misma siempre y cuando se trate de una actividad que esté directamente tutelada por la Administración pero considera que el criterio respecto a los profesionales privados será el mismo que ella sostiene, que es el de no poder aplicarles la condición de funcionario público. La Fiscalía que dirige Ricard Cabedo entiende que la educación y la sanidad son efectivamente servicios públicos así reconocidos. Pero precisamente porque la Administración los administra de forma directa, están directamente garantizados por ella, no los delega en la empresa privada sino que tiene sus propios centros. Esa situación hace que aunque un profesor de la privada de hecho esté dando un servicio esencial considerado público, lo hace desde la empresa privada. Está por tanto fuera de la consideración jurídica de funcionario público.
La Fiscalía de Valencia no ha debatido de forma específica la situación de los médicos y personal sanitario, aunque entiende que es equiparable. La Fiscalía recuerda que los decretos firmados no suponen un cambio sino un recordatorio sobre las posibilidades que el Código Penal ofrece. La consideración de atentado a funcionario público ya está dispuesta en la ley, sin que ello excuse de una mayor sensibilidad sobre la atención ante el aumento de las agresiones.
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