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Un juzgado avala la elección de cargos en la Gran Logia de España

La juez de primera instancia 47 de Barcelona ha declarado que las elecciones celebradas por los masones de la Gran Logia de España, que habían sido impugnadas por cinco asociados, son válidas, y el hecho de no reconocer el derecho de voto a todas las modalidades de asociados no vulnera la Ley Orgánica del Derecho de Asociación.

El pasado mes de marzo fue elegido Gran Maestro de la logia José Carretero Doménech, y se eligieron también los cargos de Gran Orador y Gran Tesorero. Cinco asociados impugnaron entonces ante los tribunales los Estatutos, que atribuyen el derecho de asistencia a la Gran Asamblea solamente a los Maestros Instalados y no reconocen el derecho de voto a las modalidades de Aprendices, Compañeros y Maestros.

El juzgado, siguiendo la tesis de la defensora Marta Gispert, del bufete Cuatrecasas, ha declarado que el sufragio restringido no implica que los Estatutos sean antidemocráticos, pues "es lícita la autoorganización en el sentido de establecer distintos niveles o categorías entre los miembros, y dentro de cada categoría, conceder o restringir facultades". Además, los Aprendices, Compañeros y Maestros pueden votar al Maestro Instalado, por lo que "indirectamente, ese voto tiene eco en la Gran Asamblea".

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