_
_
_
_
Columna
Artículos estrictamente de opinión que responden al estilo propio del autor. Estos textos de opinión han de basarse en datos verificados y ser respetuosos con las personas aunque se critiquen sus actos. Todas las columnas de opinión de personas ajenas a la Redacción de EL PAÍS llevarán, tras la última línea, un pie de autor —por conocido que éste sea— donde se indique el cargo, título, militancia política (en su caso) u ocupación principal, o la que esté o estuvo relacionada con el tema abordado

A toro pasado

Desde hace meses los tribunales de justicia vienen dictando sentencias en las que se da la razón a la Junta de Andalucía en los recursos que interpuso contra determinadas licencias no ajustadas a lo previsto en el plan de ordenación urbana concedidas por el Ayuntamiento de Marbella. Ya se han conocido un buen número de ellas y en los próximos meses conoceremos muchas más. Lo que se deduce de la lectura de tales sentencias es una vulneración generalizada de la legalidad por parte del Ayuntamiento marbellí. No se trata de que haya habido abusos urbanísticos, sino que los usos urbanísticos han sido perversos.

En contra de lo que se viene diciendo por parte de Juan antonio Roca y de Javier Arenas, la Junta de Andalucía no ha sido connivente con esa práctica urbanística perversa, sino que ha intentado atajarla en la medida en que le era posible y de ahí que, en todos los recursos que ahora están siendo resueltos por los tribunales, se solicitará la suspensión cautelar de la licencia, con la finalidad de que no se produjera un hecho consumado no fácilmente reversible. Únicamente desde la mala fe se puede considerar a la Administración autonómica como la responsable de lo ocurrido en Marbella.

Lo ocurrido en Marbella, no solamente en Marbella, pero de manera muy especial en Marbella, nos obliga a reflexionar sobre la adecuación de los instrumentos de que disponemos en nuestro ordenamiento para impedir que se produzcan aberraciones urbanísticas masivas como las que estamos conociendo detalladamente en estos últimos meses.

Y es evidente que no disponemos y deberíamos disponer de algún mecanismo efectivo para que se pudiera acordar por los jueces la suspensión cautelar de licencias en materia de urbanismo. Ahora que se está abordando la reforma de la Ley del Suelo, con la finalidad de que no puedan repetirse desarrollos urbanísticos aberrantes, se debería poner el acento en alguna reforma procesal que permitiera objetivar al máximo la decisión judicial acerca de las medidas cautelares.

Se debería contemplar algún procedimiento para que, cuando la Administración autonómica recurre una licencia concedida por un Ayuntamiento por incumplimiento de la legalidad vigente, se diera traslado de la misma al Ministerio Fiscal y, si coincide la opinión del Ministerio Fiscal con la de la Administración recurrente, se solicitara la celebración de una vista, con la participación del Ayuntamiento y el particular afectado y se debatiera acerca de la procedencia o no de la adopción de la medida cautelar. En La Ley de la Jurisdicción contencioso-administrativa hay un procedimiento para la admisión a trámite del "amparo judicial" que podría adaptarse a la impugnación por parte de la Administración autonómica de las licencias en materia urbanística. Es un trámite que se resuelve en un espacio de tiempo muy breve, con la participación de todas las partes afectadas y que permite determinar si la demanda tiene contenido constitucional o no que justifique o no que se siga el procedimiento especial del amparo judicial en lugar del procedimiento general del recurso contencioso-administrativo ordinario.

De forma similar se podría arbitrar un procedimiento para que las Administraciones públicas involucradas, el Ministerio Fiscal y los particulares debatieran en un plazo breve sobre la oportunidad o no de adoptar la medida cautelar de suspensión provisional de la licencia hasta tanto se puede resolver sobre la legalidad de la misma.

Lo que más afecta es lo que sucede más cerca. Para no perderte nada, suscríbete.
SIGUE LEYENDO

Estoy convencido de que, con un trámite de esta naturaleza, se hubiera podido si no cortar de raíz, sí reducir de manera extraordinariamente significativa la cantidad de barbaridades urbanísticas que se han cometido en Marbella. Porque en muchos casos, como resulta de la lectura de las sentencias, la ilegalidad era bastante obvia y, con un análisis contradictorio en un plazo breve por personas adecuadamente preparadas, se hubiera podido constatar dicha ilegalidad y se hubiera podido adoptar la medida cautelar de suspensión de manera razonable. Esperemos que el legislador así lo entienda y no tengamos que seguir lamentándonos.

Tu suscripción se está usando en otro dispositivo

¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?

Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.

¿Por qué estás viendo esto?

Flecha

Tu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.

Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.

En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.

Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_