Pago doble
Es probable que, de forma inminente, el Banco de España autorice a las entidades financieras para que puedan cobrar comisiones a quienes reciben transferencias bancarias. Así lo permite la normativa de la Unión Europea; sería, pues, una adaptación y no una iniciativa de bancos y cajas españoles. Los ordenantes de la transferencia ya pagan una comisión por el servicio. De hecho, se trataría entonces de llevar el dinero desde una institución financiera a otra y cobrar dos veces por la misma operación.
¿Hay razones para esta duplicidad? Los financieros las han encontrado. En las transferencias no sólo intervienen los bancos y cajas implicados en la operación. Es necesario recurrir a una cámara de compensación, que ejecuta la operación; en ocasiones más complejas, incluso son necesarios otros intermediarios. Por ejemplo, cuando el sistema informático no reconoce la validez de los datos facilitados por el ordenante.
La posición del Banco de España al respecto parece bien definida. No quiere que se grave con una comisión al perceptor de devoluciones de Hacienda, de pensiones o de nóminas. Tampoco que se aumente de forma incontrolada la comisión percibida, hasta el punto de que si las instituciones financieras decidieran cobrar al ordenante y al perceptor, la suma de la comisión pagada por ambos no podría superar la cantidad que paga ahora el ordenante.
Son limitaciones que cuestionan aparentemente la rentabilidad para bancos y cajas de adoptar tal decisión. Sin mencionar la irritación que provocaría en los clientes. Ahora bien, los bancos siempre pueden aumentar la comisión que paga el ordenante. En cuyo caso, el volumen de comisiones por transferencia que percibirían todas las entidades -como ordenantes y como receptores- sería mayor.
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