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El 'asesino de Valdepeñas' cumplirá 30 años efectivos de cárcel por la 'doctrina Parot'

El límite máximo de 40 años de prisión no estaba vigente cuando mató a tres personas

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha estimado un recurso de Gustavo Romero Tercero, el asesino de Valdepeñas, condenado por tres asesinatos y dos agresiones sexuales entre otros delitos, y ha anulado la acumulación de todas sus condenas en una sola pena de 40 años de cárcel. En su lugar, ha declarado que la refundición se limitará a 30 años, aunque en aplicación de la doctrina Parot, serán de cumplimiento efectivo.

Gustavo Romero fue condenado en abril de 2005 por el asesinato de una pareja de novios en un parque de Valdepeñas (Ciudad Real) y por el asesinato de una joven a la que mató y tiró a un pozo tras agredirla sexualmente. También fue condenado por malos tratos a su mujer.

El crimen de la pareja de novios tuvo lugar en la tarde del 18 de junio de 1993 en un parque de Valdepeñas. Romero siguió a la pareja y bajo la amenaza de una navaja obligó a ambos a que le acompañaran cerca de las vías del tren, para que le dieran el dinero que llevaran. Cuando se lo entregaron, Romero comenzó a apuñalar al joven, Ángel Ibáñez. Después persiguió a su novia, Sara, de la que abusó sexualmente y a la que después apuñaló hasta la muerte.

Por estos hechos fue condenado a dos penas de 30 años cada una por asesinato con alevosía y ensañamiento, 12 años por agresión sexual y a cuatro años y dos meses por robo con intimidación, es decir, 74 años y dos meses en total. En aplicación del Código Penal de 1973, vigente cuando se cometieron los hechos, la propia sentencia aplicó el límite máximo de 30 años de cumplimiento, de los que cabe descontar la redención de penas por el trabajo que reducen sustancialmente la condena.

Pero en abril de 2005, Gustavo Romero también fue condenado por el asesinato de la joven Susana Maroto. Tras el crimen de los novios, Romero desapareció y estuvo cinco años en Canarias. A su regreso a Valdepeñas, se cruzó con Susana la tarde del 25 de junio de 1998, cuando ésta paseaba en bicicleta por un camino de tierra.

Romero la abordó, la introdujo en el maletero de su coche y la condujo a un cortijo abandonado, a 12 kilómetros de la localidad, donde, tras abusar de ella la golpeó y estranguló. Después arrojó el cadáver a un pozo, en el que fue hallado cinco años después por los GEO, tras ser detenido por el asesinato de los novios. Por estos hechos fue condenado a otros 37 años de cárcel, reducidos a 30, pero sin posibilidad de redención, en aplicación del Código de 1995. También fue condenado a otros tres años de prisión por maltrato habitual, lesiones y amenazas a su esposa.

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En aplicación de la ley de Enjuiciamiento Criminal, la Audiencia de Ciudad Real acumuló el total de 114 años de condenas y fijó como pena resultante la de 40 años de prisión. El Supremo, sin embargo, ha estimado el recurso de Romero, puesto que el límite máximo de 40 años fue introducido en el Código Penal en 2003, por lo que no estaba vigente en el momento de los asesinatos y no puede aplicarse retroactivamente.

En su lugar, fija el límite de cumplimiento en 30 años de prisión pero, en aplicación de la doctrina sentada en el caso del etarra Henri Parot, especifica que el modo de cumplimiento será "sucesivo", de forma que cuando cumpla la primera condena según el Código Penal de 1973, comenzará a cumplir la siguiente, según el Código de 1995, hasta que alcance el límite de 30 años de cárcel. En suma, Romero en principio tiene cárcel hasta el año 2033.

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