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El proceso hacia el final del terrorismo

Absueltos por falta de pruebas dos acusados de enaltecimiento del terrorismo

La Audiencia Nacional absolvió ayer por falta de pruebas a Iosu Urbieta, de 28 años, y Aritz Arzalluz, de 25, del delito de enaltecimiento del terrorismo del que estaban acusados.

El fiscal había solicitado que se les impusieran penas de dos años de prisión para cada uno de ellos por la realización de pintadas a favor de ETA que, a su entender, constituía delito de enaltecimiento del terrorismo.

Ambos imputados fueron defendidos en el juicio por Ainhoa Baglietto, una de las habituales abogadas defensoras de miembros de ETA, que reclamaba su absolución.

El tribunal ha considerado probado que dos agentes de la Ertzaintza sorprendieron a cuatro personas a las ocho horas del 8 de febrero de 2005 en la calle Erdi, de Azpeitia (Guipúzcoa). Todos ellos se encontraban junto a un bote de pintura de color ocre y los agentes sospecharon que realizaban pintadas en las fachadas de los inmuebles. Uno de los agentes intentó coger el bote, pero Iosu Urbieta trató de impedirlo y en el forcejeo golpeó al policía causándole una contusión en un ojo. El fiscal le acusaba por ello de una falta de lesiones.

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La sentencia destaca que "no ha quedado acreditado el tenor de las pintadas efectuadas".

Los agentes, según la sentencia, no supieron decir cuáles eran las frases de las pintadas, por lo que el tribunal considera que no se ha probado que las pintadas constituyeran delito de enaltecimiento del terrorismo, ni que la contusión al ertzaina fuera "por acción voluntaria del acusado".

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