Aclaración
En la página 46 de la edición del sábado 30 de septiembre, se informa sobre la decisión del Tribunal Constitucional de suspender la vigencia de 55 artículos de la ley audiovisual recientemente aprobada por el Parlamento de Cataluña. En la noticia se indica que "el Ministerio de Administraciones Públicas, firmante del recurso en nombre del Gobierno..." ha impugnado determinados aspectos de la ley.
Tal afirmación es completamente inexacta y confunde al lector sobre el verdadero alcance político de la noticia. De acuerdo con lo establecido en el artículo 162.1.a) de nuestra Constitución es el presidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero, quien está personalmente legitimado para interponer recursos de inconstitucionalidad, no pudiendo decidirlo ni hacerlo en su nombre Ministerio alguno. Lo relevante de la información es la flagrante incoherencia del partido socialista que aprueba una ley que posteriormente impugna en todos sus aspectos esenciales el máximo responsable de la misma formación política por considerarla incompatible con la Constitución española. Más escandaloso aún es que, mientras se ocultaba a la opinión pública la decisión de Rodríguez Zapatero, numerosos representantes del mismo partido socialista, en Madrid y en Cataluña, descalificaban al Partido Popular por haber llegado a conclusiones parecidas a las del presidente del Gobierno. Eso sí, nosotros habíamos tenido la "osadía" de informar con total transparencia a los españoles sobre la inconstitucionalidad evidente de la norma y nuestra decisión de recurrirla.
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