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La Ley de Igualdad

Comienza el curso parlamentario con una agenda que incluye la tramitación de la Ley sobre la Igualdad entre hombres y mujeres, cuyo proyecto se aprobó el 23 de junio en el Consejo de Ministros. Se trata, según las encuestas, de una de las iniciativas legislativas de este Gobierno que ha tenido índices de aceptación más altas en la ciudadanía.

Independientemente de las disposiciones concretas a las que se refiere, la ley introduce planteamientos muy importantes como son las acciones positivas, la transversalidad y un enfoque nuevo de las políticas de igualdad.

Las acciones positivas son medidas a favor de las mujeres, para corregir situaciones patentes de desigualdad respecto a los hombres, que adopta la Administración para hacer efectivo el principio constitucional de igualdad. Obviamente, estas medidas se utilizan en tanto existan las situaciones mencionadas y tienen que ser razonables y proporcionadas en relación con el objetivo. Un ejemplo de acción positiva es la propuesta de cambio, en la Ley de Régimen Electoral General para conseguir una composición equilibrada entre mujeres y hombres en las listas electorales, de forma que las personas de cada sexo no superen el 60%, ni sean menos del 40%. Es una propuesta a la que el Consejo de Estado no ha puesto objeciones y que permitirá que las mujeres intervengan en política, tan bien o tan mal como los hombres, sin depender sólo de que las cúpulas de sus partidos (mayoritariamente masculinas) tengan a bien el permitírselo.

El concepto de transversalidad en las políticas de igualdad se ha ido configurando a partir de la evidencia de que las acciones positivas y los programas específicos no logran transformar la igualdad legal en igualdad real porque se interpretan y se desarrollan como un tema, o un problema, sólo de las mujeres, gestionado por pequeños organismos en donde, como ocurre con el Instituto de la Mujer, un puñado de esforzadas se enfrenta a los elementos. Desde la Conferencia de Naciones Unidas en Beijing, se ha comenzado a entender que la igualdad no sólo es un tema que afecte a las mujeres, ni siquiera una responsabilidad social de todas las personas, hombres y mujeres, que defienden unas normas justas. Es que, además, importan muchísimo en políticas generales como la educación, el empleo o la salud. Esto se vio primero en los países en vías de desarrollo pero después se ha demostrado cierto para todos los demás. O sea, es un asunto de ida y vuelta: las mujeres no accederán a la igualdad real sólo con políticas para ellas y las políticas generales nunca serán de verdad generales, si no incluyen la dimensión de género en su diseño, su realización y sus objetivos.

Vamos a ver, después de este verano donde cada día nos desayunábamos con una historia más terrible que la del día anterior de violencia doméstica, de genero o machista (tanto da, aquí todo el mundo sabe de qué se trata), ¿alguien tiene alguna duda de que esa violencia de "la maté porque era mía" tiene que empezar a combatirse en la escuela y con una educación diferente y que tiene alguna explicación más allá de que haya mucho trastornado, "sobre todo emigrante", o de las mujeres se están "saliendo del tiesto"? Otro ejemplo, esta vez sobre la relación entre el trabajo femenino y el cuidado de niños, enfermos o ancianos. Las políticas sociales tienen que tener en cuenta la esperanza de vida, la natalidad, las pensiones... muchísimas cosas. Pero si no tienen en cuenta el trabajo de las mujeres, tanto en lo que se refiere a estos cuidados como al asalariado propiamente dicho, no funcionarán.

El proyecto de Ley que estamos comentando asume este marco y en consecuencia pone deberes a los diferentes ministerios: Vivienda, Sanidad, Educación, etcétera, y también muchos deberes al de Administraciones Públicas que tiene la importante tarea de conseguir que el Estado sea el primero en dar ejemplo.

Como analiza certeramente Constanza Tibio en su libro Madres que trabajan, dilemas y estrategias, la situación del trabajo femenino en España ha cambiado radicalmente. Ahora las familias con hijos menores en las que ambos cónyuges trabajan a jornada completa representan ya una mayoría, el 43%, frente a un 42% de familias en las que sólo uno de los miembros de la pareja trabaja y un 10% en las que uno tiene jornada completa y el otro tiene un empleo a tiempo parcial.

Las mujeres que trabajan ya no son la excepción, sino la regla, y lo excepcional serán cada vez más las familias con un único perceptor de renta. España se encuentra en esta situación con, hasta la fecha, muy pocas políticas de apoyo: mayormente las abuelas y la doble jornada de trabajo de las mujeres han permitido ir parcheando la cosa. Pero la situación no da más de sí y aparecen disfunciones por todos conocidas, desde la baja tasa de natalidad hasta los mayores que nadie puede cuidar. A las políticas cuyo objetivo es hacer frente a las tensiones entre la vida familiar y laboral se les sueles llamar políticas de conciliación. Pero hay muchas formas de entender la conciliación. Una de ellas es que las mujeres se concilien consigo mismas, es decir que sigan asumiendo la responsabilidad del cuidado familiar favoreciendo el que, además, tengan un empleo a tiempo parcial o temporal. Las mujeres dedican al trabajo asalariado un tiempo residual. Otro modelo de conciliación entre mujeres es el recurso a mano de obra femenina asalariada por parte de mujeres que lo puedan pagar. En ninguno de los dos casos tienen que alterarse necesariamente los papeles tradicionales dentro de la familia, ni cambiar la forma de trabajo en las empresas. Todo lo más hay que reforzar y favorecer los permisos y las excedencias que utilizan las mujeres para cuidar a la familia y aquí todos tan contentos.

Pero no se trata de eso, aunque siempre, y por supuesto, vaya a haber situaciones intermedias o de transición. Se trata, sobre todo, de que la conciliación sea hacer compatible tener familia y tener trabajo para ambos sexos. O sea que hombres y mujeres se puedan conciliar porque comparten los espacios. Para esto tienen que entrar en el juego, desde luego los hombres, pero además las empresas y el Estado. Este último con servicios como los de atención infantil y para personas mayores.

La Ley de Igualdad se inscribe en el segundo modelo y avanza propuestas en esta dirección: los planes de igualdad en las empresas, o los permisos de paternidad exclusivos para el padre abren la puerta a ese cambio hacia un modelo más igualitario y marcan, junto a las acciones positivas y la transversalidad, un marco normativo coherente.

Las iniciativas que incluye el proyecto de Ley van a requerir recursos para su implantación. Sobre todo en los ministerios con mayor implicación, habrá que dedicar horas de trabajo y mucha convicción a una tarea que no es nada fácil.

(*) Carmen Martínez Ten es miembro del Consejo de Seguridad Nuclear. Suscriben conjuntamente este artículo Carmen Alborch, Elena Arnedo, Paca Sauquillo y 20 firmas más.

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