El Banco de España permite sumar plusvalías al capital de la banca
El sábado pasado, cuatro días antes del relevo de Jaime Caruana como gobernador del Banco de España, el Boletín Oficial del Estado publicó la nueva Circular 2/2006 que modifica otra de 1993 y que regula cómo deben calcular los bancos y cajas su capital y recursos propios, en vigor desde ayer.
El texto se adapta a la normativa europea y permitirá "el cómputo de ciertas plusvalías" de sus inversiones en Bolsa y en deuda pública. Las nuevas reglas son una adaptación de las Normas Internacionales de Contabilidad y de la provisión genérica de las normas contables españolas. Así, de la cartera que las entidades tienen "disponible para la venta", podrán sumar como capital de segunda categoría (denominado Tier II), el 35% de los importes brutos de las plusvalías de las inversiones en deuda y el 45% de las plusvalías conseguidas con acciones.
Además, el Banco de España también computará como recursos propios las provisiones genéricas, que son aquellas que estableció el supervisor español y que no existen en otros países europeos ni en Estados Unidos. En este capítulo pone como limitación que lo que sume como capital no sobrepase el 1,25% del volumen de riesgos que hayan servido de base para las provisiones.
Por otro lado, la circular establece que se deducirán de los recursos propios las participaciones en aseguradoras "cuando sean superiores al 20% del capital".
En la práctica, estas nuevas normas obligarán a los gestores a estar más atentos a la evolución de la Bolsa y de los mercados de deuda. El valor de referencia será el del cierre del trimestre o del año, así que habrá días clave en la negociación bursátil, y serán la referencia para establecer el nivel de capital de las entidades.
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