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Representar mejor a todos los ciudadanos

Recientemente mi paisano José María Ruiz Soroa escribía en este diario un artículo titulado Representar a ciudadanos. Estoy básicamente de acuerdo con él, puesto que como dice: "Si por fin se llega a instaurar en España una Cámara de representación territorial (el Senado), la otra, el Congreso de los Diputados deberá serlo estrictamente de representación de los ciudadanos. De no modificarse a tiempo el sistema electoral España ostentará el curioso récord de poseer dos cámaras de representación territorial..." Para ello bastaría cambiar el artículo 68.2. de la Constitución española vigente.

A tal efecto sería útil seguir el artículo 56 de la Constitución italiana que textualmente dice: "La Camera dei deputati è eletta a suffragio universale e diretto... i seggi in proporzione alla popolazione di ogni circoscrizione". Es decir, que la carta magna italiana, hábilmente, no ata la Cámara Baja a la provincia, sino a la circunscripción electoral, mientras que para el Senado, artículo 57, reza : "Il Senato de la Repubblica è eletto a base regionale. Nessuna Regione può avera un numero di senatori inferiore a sette; il Molise ne ha due, la Valle d'Aosta uno".

Las Comisiones Gestoras republicanas fijaban que la mitad de los parlamentarios fuesen elegidos en colegio único
Al final todos los partidos del Consejo General preautonómico se plegaron al "igualitarismo territorial"

Esta legislación comparada sería necesaria para que, no atando demasiado las cosas, se cambiara la Constitución española, de modo que dijese para el Senado algo así como : Art. 69. "El Senado es la Cámara de representación territorial de las comunidades y ciudanes autónomas. Las comunidades autónomas elegirán un mínimo de cuatro senadores y las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla, una cada una. Una Ley Orgánica fijará la escala y el máximo de senadores por cada comunidad autónoma, así como el modo de elección territorial".

Conozco el Valle de Aosta, una región autónoma uniprovincial de pequeña población: 109.150 habitantes y, en cuanto a Molisa, tras su separación de los Abruzos -antes ambas formaban una sola región- tiene una población parecida a la Rioja : 319.806 habitantes. De esa manera las comunidades uniprovinciales de menos de un millón, por ejemplo la mencionada Rioja, Cantabria, Navarra y Baleares elegirían el número actual como provincia.

En cuanto al Congreso de Diputados, el artículo 68, el párrafo 1. quedaría como está y el 2. podría comenzar algo así como : "Las circunscripciones electorales se fijarán por Ley Electoral, tomando como base las comunidades autónomas en todo caso, pero también uniendo varias provincias de una misma comunidad a fin de atender el criterio de representación proporcional(párrafo 3 actual)" .

Por ejemplo en Castilla-León las circunscripciones electorales del Congreso serían : León- Zamora y Salamanca, Burgos- Palencia y Soria, Valladolid - Avila y Segovia; en Galicia: Lugo-Ourense, Pontevedra y A Coruña; en la Comunidad Autónoma Vasca : Alava-Gipuzkoa y Bizkaia y así sucesivamente. Aragón, Extremadura y Canarias, circunscripción única.

Por todo ello y para que el Congreso de los Diputados represente más y mejor a los ciudadanos españoles en la eventual modificación constitucional no basta con cambiar el artículo que se refiere al Senado, sino también el arriba mencionado del Congreso.

Pero más allá de todo esto, me gustaría conocer la opinión del Sr. Ruiz Soroa del caso sangrante de que el voto de un ciudadano vizcaíno valga casi cinco veces menos que el de un alavés.

Y a este respecto he de decir que en los diversos anteproyectos de Estatuto de Autonomía del País Vasco, solamente Euskadiko Ezkerra planteó una solución más equitativa. El Partido Nacionalista Vasco y Alianza Popular planteaban que los territorios o provincias tuvieran el mismo número de parlamentarios, es decir, lo mismo que los tradicionalistas y jeltzales en el proyecto aprobado por los Ayuntamientos vascos en Estella/Lizarra el 14 de junio de 1931, mientras que los demás partidos Partido Socialista de Euskadi, Unión de Centre Democrático, Euskadiko Partidu Komunista (Partido Comunista de Euskadi) no planteaban una composición concreta.

Como redactor del anteproyecto de Euskadiko Ezkerra decía que la mitad de los parlamentarios fuesen elegidos por "con un sistema de representación proporcional, en Colegio Electoral único" y la otra mitad por igual representación territorial, salvando así en un sola cámara , la doble representación universal y territorial.

No inventábamos nada nuevo, ya que los proyectos estatutarios de las Comisiones Gestoras republicanas, tanto la de 1932, como la de 1933 fijaban que la mitad de los parlamentarios fuesen elegidos en colegio único.

Al final todos los partidos del Consejo General preautonómico se plegaron al "igualitarismo territorial", pero poco más tarde en la primera legislatura parlamentaria, siendo parlamentario publiqué un artículo contestando a José María Makua, parlamentario jeltzale.

Makua criticaba que un territorio con muchísima más población eligiese el mismo número de parlamentarios. Le devolvía la pelota, indicándole que si todas las circunscripciones electorales debían de tener el mismo número de diputados, el problema se podría haber salvado haciendo que las circuncripciones fuesen seis, por ejemplo: Alava, Gipuzkoa Nororiental, Gipuzkoa Central-Occidental, Bizkaia Oriental y Uribe, Bilbao y las Encartaciones de Bizkaia.

Así ahora el Parlamento Vasco hubiese tenido 72 miembros, 12 por circunscripción, la mitad vizcaínos. Nuestro Parlamento también nos hubiera representado,también mejor, a los ciudadanos vascos.

José Luis Lizundia fue parlamentario vasco y portavoz de EE en las Juntas Generales de Bizkaia.

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