La operación de Gas Natural sobre Endesa no se verá afectada por la nueva normativa
La adaptación de la normativa española de Ofertas Públicas de Adquisición de acciones (OPA) a la directiva europea llega en mitad del proceso de intento de compra de Endesa por parte de Gas Natural. Sin embargo, el texto definitivo no interferirá en este complejo proceso porque no es retroactivo. Según fuentes de la Dirección General del Tesoro, el Gobierno no ha tenido en cuenta la OPA de Gas Natural sobre Endesa para redactar esta adaptación "porque si se hace pensando en una operación, la normativa quedará mal y será incompleta cuando llegue otra".
La Administración va fuera de plazo y quiere ahora acelerar el proceso legal. El 20 de mayo pasado venció el plazo establecido por Bruselas para que la normativa española estuviera adaptada a la comunitaria. El viernes pasado, la Dirección General del Tesoro incluyó en su página web la adaptación española a la Ley de OPA de la Unión Europea y a la de Transparencia de los Emisores. El Banco de España y la CNMV han sido consultados.
De forma voluntaria, la Administración ha establecido un plazo de 15 días para admitir alegaciones de las partes afectadas. Tras este proceso, el Ministerio de Economía enviará el texto al Consejo de Estado. Con el parón veraniego de por medio, en octubre se enviará al Consejo de Ministros. Posteriormente se iniciará el trámite parlamentario y "para diciembre o, a más tardar, en enero de 2007, el texto deberá estar publicada en el Boletín Oficial del Estado", comentaron ayer fuentes del Tesoro.
El Real Decreto, que es el que contendrá el reglamento, será de máximo interés porque determinará buena parte de los detalles que la actual reforma de la ley no recoge. Por ejemplo, regulará el régimen de las OPA competidoras.
La normativa europea de OPAs optó finalmente por dejar un amplio margen de maniobra a cada uno de los Estados miembros. Sin embargo, según fuentes del Tesoro, los principales países de la Unión han unificado los criterios sobre los aspectos más relevantes. Por ejemplo, casi todos los países han establecido el límite para lanzar una OPA obligatoria al adquirir entre el 30% y el 33% de los derechos políticos del capital de una empresa cotizada.
En Estados Unidos no existe OPA obligatoria, pero "la normativa europea lo hace para proteger a los pequeños accionistas y para que se beneficien o puedan salirse cuando alguien toma el control de una sociedad", según fuentes del Tesoro.
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