Los expertos respaldan la supresión de la preferencia del varón para títulos nobiliarios
Un estudio del Congreso pone reparos a la aplicación retroactiva de la reforma legislativa
La ley que pretende igualar al hombre y a la mujer en las sucesiones de los títulos nobiliarios, al contrario de lo que se ha hecho en España durante los últimos 800 años, sigue adelante gracias al apoyo del PSOE, el PP y Coalición Canaria. Un informe de la letrada de la Comisión de Justicia del Congreso avala la eliminación de la varonía como principio de preferencia hereditaria, aunque pone reparos a la retroactividad que marca la actual proposición de ley. El informe, no vinculante, ve conveniente aclarar que no se podrá aplicar la reforma a "situaciones ya consolidadas".
En julio del año pasado, un acuerdo, de los pocos de la legislatura, entre el PSOE y el PP llevó a presentar una proposición de ley conjunta, a la que se sumó Coalición Canaria, para eliminar la preferencia del varón en las sucesiones nobiliarias. En España hay 2.199 personas que ostentan 2.789 títulos de este tipo, regidos por legislaciones del siglo XIII y XIV.
Varias mujeres habían recurrido a los tribunales españoles e internacionales para reclamar que esta norma es contraria al artículo 14 de la Constitución, que marca la igualdad de todos los ciudadanos. Sus demandas fueron desestimadas y una sentencia del Tribunal Constitucional de 1997 había resuelto, aparentemente, la cuestión con la idea de que no se puede reclamar la igualdad en algo que carece de contenido material "por su carácter simbólico".
Sin embargo, los dos grupos principales están decididos a seguir adelante y promover por ley la igualdad entre el hombre y la mujer en el orden de sucesión. Izquierda Unida y ERC se oponen, y tampoco la ven con buenos ojos algunos diputados socialistas, que entienden que regular esta cuestión por ley supone dar legitimidad a los títulos nobiliarios, para ellos un anacronismo. Por eso IU, ERC votaron en contra de la toma en consideración. "A partir de ahora, algunas mujeres tendrán el honor de ser más desiguales respecto al resto de los ciudadanos", sentenció Isaura Navarro (IU-ICV) tras pedir la derogación de todos los títulos.
El Gobierno ha apremiado al Grupo Socialista para que apruebe la ley, y la Comisión de Justicia ya ha reunido a la ponencia. Sin embargo, ante la complejidad jurídica del asunto, que ha provocado intensos debates en los últimos años en distintos tribunales, el presidente de la Comisión, Álvaro Cuesta, pidió a los servicios jurídicos del Congreso un informe, algo muy poco habitual. El PP no estaba de acuerdo.
Ese texto, de 12 folios, cita expresamente esa sentencia del Constitucional de 1997, pero avala la eliminación de la diferencia entre el varón y la mujer. El texto de la letrada de la Comisión de Justicia, se detiene en varias de las enmiendas presentadas, sobre todo en lo que se refiere a la retroactividad. PSOE y PP pretendían que la ley fuera efectiva para los títulos que "el 27 de julio de 2005, día de la presentación de la originaria proposición de ley en el Congreso de los Diputados, en el momento de su entrada en vigor, se encuentren pendientes de resolución administrativa o jurisdiccional, tanto en la instancia como en vía de recurso". Sin embargo, el informe destaca que "la retroacción de los efectos de la disposición transitoria a la fecha de presentación de la iniciativa no es de uso frecuente", "probablemente porque no se considera acorde con los principios de seguridad jurídica y de publicidad de las normas".
Algunas enmiendas del PNV proponen la supresión de esta disposición transitoria para que la ley sólo sea válida sólo para las herencias de títulos producidas después de su entrada en vigor. Coalición Canaria propone que la reforma "no sea de aplicación para la determinación del mejor derecho genealógico respecto a hechos y situaciones ya consolidadas".
Esto es exactamente lo que pedía un informe de Enrique Falcó, conde de Elda, que reclamaba no acabar con esta legislación que ha durado 800 años. Sostenía además que en los títulos "se sucede al primer concesionario y no al último poseedor, que carece de ius disponendi, por lo que la ley aplicable es la vigente al momento de abrirse la sucesión (fallecimiento del primer poseedor)", esto es, en algunos casos, hace cientos de años.
La letrada del Congreso no se define del todo, pero sí señala que "podría ser conveniente la inclusión de que la ley no será de aplicación para la determinación del mejor derecho genealógico respecto de hechos y situaciones ya consolidadas", además de proponer otras mejoras "para evitar reclamaciones de mejor derecho en sucesiones ya cerradas".
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