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Reportaje:

Un perro con régimen de visitas

Los jueces impiden a un hombre ver al animal si no pacta con su ex esposa

Los tribunales están muy habituados a resolver recursos de parejas separadas sobre el régimen de visitas a los hijos, pero nunca, hasta ahora, se les había pedido que se pronunciasen sobre el derecho de visitar a un perro en lugar de a un niño. Ya hay una primera vez. La Audiencia de Barcelona desestimó ayer la pretensión de un ex marido de visitar a su perro si no acuerda previamente con su ex esposa cómo, cuando y dónde.

En el convenio regulador de la separación la pareja incluyó a Yako, un ejemplar de la preciada raza golden retriever. La propiedad del perro se atribuyó a la mujer, Elisabeth G., y para el hombre, José Luis G., se pactó que lo podría visitar "siempre que quiera, previo acuerdo" con ella. De la lectura del auto judicial dictado por la Sección Doce de la Audiencia de Barcelona, que trata únicamente temas de familia, se deduce que el hombre vulneró el pacto y acudía a visitar al perro sin avisar. Hasta que la ex mujer se cansó y lo impidió.

El fallo apela al sentido común para que se evite pleitear por derechos relacionados con animales

El ex marido acudió entonces a los tribunales y el Juzgado de Primera Instancia número 1 de Granollers le dio la razón el 6 de junio del pasado año y acordó la ejecución del convenio, por lo que reconocía el derecho de visitas. Esa decisión fue recurrida entonces por la ex esposa y ahora el tribunal le ha dado la razón y ha zanjado la discusión advirtiendo que ella no tiene ninguna obligación legal de permitir las visitas al perro.

El magistrado ponente, Pascual Ortuño Muñoz, admite sin reparos en la resolución que "la primera duda que surge es si cabe un efectivo derecho de visitas a un animal" y si, en todo caso, las controversias que eso genera se han de ventilar en un proceso judicial de familia. También razona el juez que la manera en que ha planteado el pleito la pareja "conduce a la inmediata equiparación de los afectos hacia estos seres con los que los padres y madres mantienen hacia los hijos".

El juez dedica tres páginas a recordar la importancia de los animales en la sociedad y se refiere al enorme valor económico de esa raza. También resalta el "inestimable aprecio que generan a sus poseedores", por sus cualidades de lazarillo, de acompañante de personas que viven solas, de auxiliador en catástrofes y de colaborador en la caza. Recuerda también el juez el cariño que despiertan los animales en los niños, de forma que en algunos convenios reguladores de separación se incluyen ya "acuerdos minuciosos sobre animales de compañía" para evitar que el perro, gato, tortuga o lagarto afectado vaya de casa en casa con los menores, dependiendo de si están con papá o con mamá. Con todo, el juez acaba concluyendo que "el sentido común y la medida de lo que resulta razonable" aconsejaría que las personas no pleiteasen por los derechos de los animales, como aquí ha ocurrido.

Por ello, la Audiencia de Barcelona reprocha al juez de primera instancia que admitiera la pretensión del marido y considera "una entelequia en sí mismo" el pacto de los cónyuges. "El derecho de visitas a un animal es una formulación insólita", añade el tribunal, y recuerda que eso incluye la vigilancia por parte del dueño y excluye el paseo del animal, "pues ello conllevaría una relación de confianza entre el visitador y el propietario que no es usual entre ex esposos".

Una juez de Alicante ya acordó en 2002 la guardia y custodia compartida de un perro en una separación. Ahora se ha resuelto por primera vez un pleito por el régimen de visitas para un can. ¿Sobre qué más tendrán que pronunciarse los jueces en el futuro?

Un ejemplar de perro retriever como el que ha motivado el pleito.
Un ejemplar de perro retriever como el que ha motivado el pleito.ASSOCIATED PRESS

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