Víctimas de un sistema de protección
La actuación de la Junta y la justicia ha conducido a la actual lucha de Carmen Espejo y Dolores Herrera por la misma niña
A veces las cosas son blancas y negras al mismo tiempo. En materia de protección de menores ocurre a menudo que lo blanco se vuelve negro con el paso de los años y que lo justo se convierte en irrealizable. Le ocurrió a Carmen Fernández con los dos hijos que le retiraron. Aún teniendo derecho a la devolución, la sentencia no se pudo ejecutar y, en compensación, recibirá una indemnización millonaria de la Junta de Andalucía.
A Carmen Espejo ha estado a punto de ocurrirle lo mismo. De ahí, que la Sección Sexta de la Audiencia de Sevilla, la misma que intervino en el caso anterior, haya dictado como medida cautelar provisional la retirada inmediata -y por sorpresa- de su hija mayor del hogar de Bollullos de la Mitación, donde vivía en acogimiento preadoptivo desde hacía cinco años. Los jueces consideraron que la labor de los acogedores, Dolores Herrera y Justo Moreno, obstaculizaba el retorno de la niña con la madre biológica. La justicia resolvió finalmente que el desamparo fue injustificado, pero el retraso en su pronunciamiento (tardó cinco años) y los errores cometidos por el sistema de protección de menores de la Junta de Andalucía han contribuido a agrandar las heridas y los damnificados. Ésta es la cronología del caso.
3 de abril de 2000. La Consejería de Asuntos Sociales declara el desamparo de las dos hijas de la sevillana Carmen Espejo.
18 de julio de 2000. La policía retira a las dos niñas de la casa.
28 de septiembre de 2001. Los técnicos de la Junta separan a ambas hermanas. Dejan a la menor en un centro de protección y entregan la mayor en acogimiento preadoptivo a Dolores Herrera y Justo Moreno, un matrimonio inscrito en la lista para adoptar desde 1993 y que confiaban en que la niña se convertiría en su hija a todos los efectos en un año. Todo esto se lleva a cabo, a pesar de que el desamparo no había sido confirmado en los tribunales y de que la madre biológica se había opuesto al mismo.
15 de julio de 2003. La titular del Juzgado de Primera Instancia número 17, Amelia Ibeas Cuasante, confirma el desamparo de las niñas. En su auto asegura que presentan "importantes" carencias: "falta de hábitos higiénicos y alimenticios y retraso escolar, así como problemas de inadaptación, comunicación y agresividad". Añade que la madre "con una capacidad intelectual límite y escasa capacidad para enfrentarse a tareas simples no ha asumido ni reconoce las carencias que sufrieron las menores". Las especiales necesidades de las pequeñas, sigue la juez, requieren una mayor estimulación y dedicación que no le puede prestar Carmen Espejo.
19 de enero de 2005. La Sección Sexta de la Audiencia de Sevilla anula el desamparo y ordena la devolución de las niñas a Carmen Espejo. En el auto critica el "indebido largo tiempo transcurrido desde la incoación del proceso judicial" que achaca, en parte, a "los escandalosos retrasos" de la Junta en el envío de documentación solicitada por el juzgado. Los jueces creen que el apoyo de los servicios sociales a la familia habría evitado la retirada y censuran los argumentos usados para el desamparo. La defensa de Carmen prueba que la menor padece el síndrome de Cornelia de Lange, que se manifiesta en autolesiones y que no son fruto del "entorno familiar".
18 de diciembre de 2005. Carmen recibe a su hija menor, a la que había visitado regularmente en un centro.
25 de diciembre de 2005. Primer encuentro de Carmen con su hija mayor. Comienzan los contactos periódicos entre ambas con el objetivo de que la niña vuelva a su hogar biológico.
17 de febrero de 2005. Se inicia la última fase del plan de acercamiento, que incluye fines de semana. Policías uniformados, por orden de la juez de de Primera Instancia número 17, vigilan este tiempo a las niñas y a su madre en casa.
27 de marzo de 2005. El abogado de Carmen, Enrique Carrasquilla, pide que se adopte como medida cautelar la retirada de la niña de Bollullos porque teme que finalmente no se materialice, tras conocer que una psicóloga del Defensor del Pueblo andaluz había examinado a la niña a petición de los acogedores.
6 de abril de 2005. La Sección Sexta ordena la retirada inmediata de la niña de Bollullos y la entrega a su madre biológica.
20 de abril de 2005. Manifestación en apoyo de Dolores y Justo en Bollullos. Su abogada, Mar Arredondo, anuncia un recurso al Tribunal Constitucional contra la Audiencia de Sevilla por lesionar derechos fundamentales de sus clientes. El pleito sigue.
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