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El TSJ admite a trámite el recurso contra la legalización del Atrium Beach

El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) valenciano ha admitido a trámite el recurso contencioso contra la legalización del Atrium Beach promovido por la agrupación de vecinos afectados en la construcción de este complejo de La Vila Joiosa (un hotel y cuatro torres de apartamentos). En concreto, la asociación de afectados ha recurrido el Plan de Reforma Interior de Mejora (PRIM) aprobado por el Ayuntamiento como vía de legalización de las infracciones cometidas por el promotor, la empresa Hotel Luna, SA.

El letrado de la asociación, Fernando Frías, explicó ayer que el PRIM no es el instrumento adecuado para legalizar infracciones urbanísticas. El recurso intenta anular la cesión por parte del promotor de tres parcelas de 21.000 metros cuadrados a cambio de la legalización del exceso de obra. "El coeficiente de edificabilidad que se aplica a ese suelo para compensar el exceso de obra en el complejo es altísimo", dijo Frías.

Hace ya un año, los afectados arguyeron que toda la parcela del sector donde se levanta el Atrium, La Cala, está edificada, que no hay suelo ya en primera línea de costa y que, por lo tanto, "el promotor obtendría un claro beneficio" al cambiar edificabilidad de primera línea por terrenos que no lo son.

Máxima sanción

El exceso de edificabilidad del Hotel Atrium Beach, en La Cala de La Vila Joiosa se resolvió con la sanción decretada en territorio valenciano (12 millones de euros) y la orden de demolición de dos plantas. La edificabilidad neta máxima que permite el planeamiento de La Vila en esa parcela es de 79.965 metros cuadrados de techo.

Según documentos oficiales del Ayuntamiento, las cuatro torres residenciales ya consumieron 64.813 metros cuadrados, por lo que el hotel, cuyas obras están paralizadas desde la muerte de tres operarios en dos accidentes laborales, en septiembre de 2003, sólo podía consumir 15.151 metros. Pero cuando se decretó la paralización de las obras, el hotel había edificado 103.728 metros, es decir, 88.577 metros de exceso.

Hotel Luna SA ha considerado que la medida "drástica" de demolición de todo aquello que sea legalizable conforme al actual planeamiento supondría una vulneración de principios básicos inspiradores de la materia urbanística, como son el de proporcionalidad, el de menor demolición o de mantenimiento y conservación de la riqueza y de los bienes económico-sociales.

Esta mercantil entiende que ha sufrido una "flagrante vulneración del derecho constitucional de presunción de inocencia", y se considera víctima de un cruce de intereses políticos que protagonizan un debate en el que en ningún caso se tienen en cuenta los 1.000 puestos de trabajo directos que se crearán en el complejo hotelero.

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