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Lobo ratifica su denuncia contra el alcalde de Camas y los ediles que la destituyeron

Carmen Lobo, la concejal de Camas (Sevilla) cesada por el pleno del Ayuntamiento hace dos semanas, ratificó ayer en el Juzgado de Instrucción número 14 de la capital andaluza su denuncia por prevaricación contra el alcalde, Agustín Pavón (ex IU) y los concejales que votaron a favor de su salida del Consistorio. La destitución salió adelante porque faltó al pleno Inmaculada Larrinaga, concejal tránsfuga del PP, lo que posibilitó al equipo de gobierno (formado por Izquierda Unida y ex concejales del Partido Popular y del Partido Andalucista) conseguir la mayoría suficiente. Votaron en contra el PSOE y Nueva Izquierda.

Lobo fue la concejal que destapó el caso Camas. Denunció que el empresario Eusebio Gaviño le ofreció dinero a cambio de que votara a favor de cinco recalificaciones urbanísticas en el municipio. Por esos hechos están imputados de un supuesto delito de cohecho el alcalde, los concejales Antonio Enrique Fraile (ex PP), José del Castillo (ex PA) y Aureliano Lucas (ex PP) y el empresario Gaviño.

Carmen Lobo entiende que su destitución es "ilegal" porque el mismo no le corresponde a los "políticos". Julia García Mesa, su abogada, manifestó a la salida del juzgado que el temor de su cliente es que "se aprueben proyectos con una mayoría ilegalmente obtenida". "Se ha conseguido de una forma torticera una mayoría que no fue la que salió de las urnas. Tememos que se aprueben proyectos que mi cliente estaría en contra", dijo.

El alcalde impulsó esta decisión al conocer que el Tribunal Supremo condenó a Carmen Lobo por un delito de falsedad en documento privado a la pena de un año y tres meses de prisión y a inhabilitación para el derecho a sufragio pasivo durante el mismo tiempo. Pavón explicó en un comunicado que el cese se ampara en la Ley Orgánica 5/1985 de 19 de junio del Régimen Electoral General.

Sin embargo, Gerardo Ruiz Rico, catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad de Jaén, sostiene que el acuerdo del pleno es "inconstitucional y carece de fundamento jurídico". La sentencia está recurrida al Tribunal Constitucional y por tanto está suspendida su ejecución.

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