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La reforma del Estatuto

El PP ve aspectos inconstitucionales en 11 artículos

Los consejeros a propuesta del Partido Popular han emitido un voto particular en el que plantean la inconstitucionalidad de varios apartados de once artículos. Estos hacen referencia al derecho a la muerte digna, el laicismo en la educación, la transferencia de la Cuenca Hidrográfica del Guadalquivir (CHG), la participación en la recaudación de tributos, financiación, el espacio radioeléctrico y la comisión bilateral Junta-Estado. El voto está firmado por José Antonio Sánchez Galiana, y a él se adhieren los otros tres consejeros propuestos por el mismo partido: María José Camilleri, María Dolores Martínez y Juan Moya.

- Muerte digna. Los consejeros estiman que este precepto puede entenderse como eutanasia, y afirman que, según la Constitución, en el derecho fundamental a la vida no se incluye el derecho a prescindir de la misma. "Pese a que existen algunas manifestaciones que aluden a un fundamento constitucional del derecho a la muerte, no existe en la jurisprudencia constitucional ninguna postura expresa del TC", concluyen.

- Enseñanza laica. Opinan que incluir este concepto en un Estatuto podría entenderse como una "opción ideológica". Citando el ejemplo de Francia, los consejeros argumentan que podría conllevar "la prohibición de que los escolares porten símbolos religiosos como medallas, cruces, etcétera". Esto conduce, dicen, a una interpretación del término "laico" como "laicidad negativa", negada, sostienen, por la Constitución.

- Guadalquivir. Rechaza recurrir a la vía del artículo 150.2 de la Constitución para asumir las competencias de la CHG y propone como alternativa cambiar la actual Ley de Aguas para modificar el concepto de "cuenca supracomunitaria", que impide que una comunidad autónoma asuma la gestión de una cuenca que afecta a más de un territorio.

- Recaudación de tributos. Según su interpretación, la redacción de este precepto podría excluir la participación de los ayuntamientos en los tributos estatales cedidos, ya que sólo se habla de participación de los tributos propios de la comunidad. Este extremo, sostienen, conculca la autonomía local.

- Financiación. Los consejeros sostienen que no se respeta la Ley Orgánica de Financiación de las Comunidades Autónomas (LOFCA). Tocan muchos apartados diferentes artículos y proponen una nueva redacción. En síntesis, afirman que nunca la financiación debe "ser impuesta" a las demás comunidades a través de la reforma de un Estatuto.

- Espacio radioeléctrico. Los consejeros entienden que sobre estas materias tienen competencias tanto el Estado como las comunidades autónomas, el espectro radioléctrico es un bien de dominio público cuya titularidad, gestión y planificación, administración y control corresponden al Estado, "no pudiéndose pues apelar a un espacio radioeléctrico propio" de la comunidad. Tampoco puede imponerse al Estado consultar con la comunidad.

- Relaciones Junta-Estado. El artículo 189 de la ponencia que dice que la calificación de interés general de cualquier obra, servicio o adquisición requerirá de un informe previo de la comunidad, lo que a juicio de estos consejeros, constituye una "injerencia en la competencia estatal".

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