Cantabria y Asturias ganan a Madrid el litigio de las herencias de Botín y Masaveu
El Tribunal Supremo ha ratificado que corresponde a los Gobiernos autónomos de Asturias y Cantabria liquidar los impuestos de sucesiones cargados a los herederos de Pedro Masaveu Peterson y de Emilio Botín Sanz de Santuola y López, respectivamente, en detrimento de la Comunidad de Madrid.
Los 66,11 millones de euros que la acaudalada familia asturiana Masaveu pagó al Principado de Asturias en concepto del impuesto de sucesiones por la herencia del empresario y financiero asturiano Pedro Masaveu Peterson, fallecido en Madrid en 1993, corresponde cobrarlos a la comunidad asturiana y no a la madrileña, pese a que era en Madrid donde el industrial tenía su domicilio fiscal, según la sentencia del Supremo.
La familia Masaveu afincada en Asturias desde mediados del siglo XIX, y con industrias, domicilios y arraigo en el Principado, donde también está la sede de su grupo empresarial y financiero, testificó en apoyo de los argumentos del Gobierno de Asturias durante el proceso judicial. La sentencia del Tribunal Supremo, que considera que el criterio a aplicar debe de ser la residencia habitual y no el del domicilio fiscal, ratifica un fallo anterior de la Audiencia Nacional, que en noviembre de 2000 también dio la razón a Asturias, al considerar probado que Masaveu "residió habitualmente en Asturias durante el año anterior a la fecha de su fallecimiento".
La Comunidad de Madrid había recurrido sucesivamente hasta llegar al Supremo después de que en mayo de 1997 la Dirección General de Coordinación con las Haciendas Territoriales, dependiente del Ministerio de Economía y Hacienda, hubiese dado la razón al Gobierno autónomo madrileño, que argumentaba que el financiero tenía su domicilio fiscal en la capital de España.
Polémica sobre el domicilio
Con la misma argumentación, el Supremo ha acordado que el Gobierno de Cantabria es competente para liquidar los más de 60 millones de euros del impuesto de sucesiones cargado a los herederos del banquero Emilio Botín Sanz de Santuola y López en detrimento de la Comunidad de Madrid.
El alto tribunal advierte de que la "residencia habitual" de Emilio Botín y Ana María García, "al menos durante los tres años anteriores a la fecha de su fallecimiento, se hallaba en Cantabria y no en la Comunidad de Madrid". Todo ello "con independencia de que formalmente continuaran empadronados en la Comunidad de Madrid, ya que, en definitiva, tal residencia o domicilio habitual es independiente de la inscripción en el padrón municipal cuando existe una clara divergencia entre el domicilio efectivo y el declarado formalmente".
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