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LA POLÍTICA ANTITERRORISTA

La Audiencia confirma el embargo de la cristalería del etarra Azpiazu

La Audiencia Nacional ha confirmado el embargo de los bienes del etarra Kandido Azpiazu para que afronte la indemnización a la que fue condenado por el asesinato de Ramón Baglietto. El tribunal ha rechazado las alegaciones del terrorista y considera que la acción no ha prescrito.

Azpiazu fue condenado a 49 años de prisión por el asesinato el 13 de mayo de 1980 de Baglietto, la persona que le había salvado la vida 18 años antes. La sentencia le imponía una multa de 12.020 euros por el atentado y una indemnización de 63.707 euros para los herederos de su víctima. Azpiazu se declaró insolvente y no pagó nada. En 1995, salió de prisión después de haber cumplido 15 de los 49 años de condena, ya que se benefició de diversas redenciones. El 16 de marzo de 2005, Azpiazu y su mujer compraron una cristalería en Azkoitia (Guipúzcoa), en los bajos del edificio donde vive Pilar Elías, la viuda de Baglietto. El local costó 120.202 euros, según la escritura. Elías reclamó el pago de la indemnización.

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La Audiencia, a petición de la Fiscalía, embargó los bienes del etarra, pero éste recurrió, alegando que la acción civil había prescrito. El tribunal señala que el plazo de prescripción son 15 años desde que la sentencia fue declarada firme, pero si no se hubieran producido actos que la interrumpieran. Y el tribunal considera que en la ejecutoria aparecen varios actos que la interrumpen, entre ellos uno en 1993 y otro en 2000. Contra esta resolución no cabe recurso alguno.

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