Educación abre la elección de directores de centros con un sistema recurrido por el Estado
En 300 colegios no se presentó ningún candidato en la convocatoria del año pasado
El Departamento de Educación acaba de aprobar una orden para poner en marcha un nuevo proceso de elección de directores de los centros educativos de la red pública. El anterior, que se celebró hasta junio de 2005, concluyó con 301 centros donde no se presentó ningún profesor como candidato y es en éstos donde se produce la elección. La orden se basa en un decreto del departamento que ya fue recurrido en abril por el Gobierno central al entender que el procedimiento de elección fijado por el Ejecutivo vasco no se ajusta a lo estipulado en la Ley de Calidad de la Educación (LOCE).
El departamento que dirige Tontxu Campos (EA) insiste en esta vía a pesar de la inseguridad jurídica que ello puede acarrear a los centros, en el caso de que el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) falle a favor de las tesis del Gobierno central y obligue a deshacer los equipos directivos formados. Las diferencias entre lo que establece la LOCE para elegir a los directores y lo que indica el decreto del Departamento de Educación son sustanciales.
La ley estatal, que es de carácter básico y de obligado cumplimiento en toda España, establece un procedimiento de selección de directores mediante un concurso de méritos que deben ser evaluados por una comisión mixta. Esta comisión está integrada por representantes de la consejería y de cada centro. Frente a este procedimiento, el decreto aprobado por el Departamento de Educación en abril del año pasado indica que el director será elegido exclusivamente por el consejo escolar de cada centro, que es su órgano máximo de representación y donde tienen presencia padres, profesores y alumnos. Este sistema excluye cualquier participación de la administración educativa, salvo para ratificar la decisión del consejo escolar el centro.
Otra diferencia es que, con el procedimiento de la consejería, sólo se pueden presentar al puesto de director el personal docente del propio colegio que cuente, al menos, con un año de permanencia en el centro y tres de docencia. Por el contrario, con el sistema establecido por la LOCE pueden ser candidatos profesores del propio centro o de otros. El Departamento de Educación justifica su decreto por la necesidad de ajustarse a la Ley de Escuela Pública Vasca, que junto a la Ley Orgánica de la Participación, Evaluación y el Gobierno de los Centros Docentes (LOPEGCE), ha regido la renovación de los directores.
Directores en prórroga
Sin embargo, la posterior aprobación de la LOCE en 2002 convierte a esta norma en la máxima referencia para elegir directores en el conjunto de España. La futura Ley Orgánica de Educación (LOE), que sustituirá en breve a la LOCE y que está pendiente de aprobación en el Senado, mantiene el mismo procedimiento que ésta para elegir a los equipos directivos.
La nueva orden de la consejería se debe a que en el proceso de elección llevado a cabo entre mayo y junio del año pasado quedaron 301 centros sin renovar los cargos directivos al no haberse presentado ningún candidato. Estos colegios han tenido que prorrogar por un año en sus funciones a los directores que ocupaban el puesto. Fuentes del departamento asumen el riesgo jurídico que existe con el decreto recurrido, pero sostienen que es la Ley de Escuela Pública Vasca la que marca el procedimiento a seguir y argumentan que deben atenerse a lo establecido en ella.
Las mismas fuentes apuntaron que, de no haberse aprobado la orden sólo quedaba la posibilidad de volver a prorrogar en el cargo a unos directores que ya han anunciado hace un año que quieren dejar el puesto. "La prórroga en esta situación no es conveniente, una vez que ya se ha prorrogado otro mandato", agregaron.
Por su parte, los directores no enjuician el decreto ni el recurso del Gobierno central que pesa sobre él, pero aseguran que se ha desaprovechado una oportunidad para mejorar sus condiciones.
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