La ordenanza contra el vandalismo de Sevilla multará hasta con 3.000 euros la quema de coches
El Ayuntamiento sancionará la ocupación ilegal de casas y la explosión de petardos
La ordenanza contra el vandalismo que prepara el Ayuntamiento de Sevilla prevé multar a quien le prenda fuego a un coche, haga explotar petardos o sacuda ropas y alfombras desde el balcón. El texto definitivo de la norma amplía los actos considerados vandálicos respecto a los incluidos en el primer borrador elaborado por el gobierno municipal el pasado verano, pero mantiene la cuantía de las sanciones (de uno a 3.000 euros). La ordenanza contempla también multas de hasta 30.000 euros para quien ocupe ilegalmente una vivienda.
El Ayuntamiento de Sevilla ha terminado ya de redactar la Ordenanza Reguladora de la Protección de los Espacios Públicos, promocionada por el propio Ayuntamiento como ordenanza contra el vandalismo. La intención es acabar con la sensación de impunidad que existe hoy hacia los autores de actos vandálicos, que cuestan anualmente al gobierno municipal alrededor de un millón de euros.
Cuando la nueva norma entre en vigor, antes del próximo verano, ya no será gratis prenderle fuego a un coche o a un contenedor, arrancar una señal de tráfico o pintar en la fachada de cualquier edificio, público o privado. El borrador sobre el que han trabajado en los últimos meses varias delegaciones municipales consideraba objeto de esta norma todos los bienes del Ayuntamiento (desde parques, puentes, aparcamientos y plazas a fuente, estatuas, farolas, bancos, árboles, papeleras y señales de tráfico) así como las instalaciones que conforman el patrimonio urbanístico y arquitectónico de la ciudad (mercados, museos, colegios públicos, cementerios, centros deportivos y culturales).
El repunte de algunos tipos de actos vandálicos en los últimos meses ha llevado al gobierno municipal a incluir nuevas categorías en el texto definitivo. Además de proteger los bienes públicos, el Ayuntamiento se reserva el derecho de multar los ataques contra las fachadas de edificios y "otros elementos urbanísticos y arquitectónicos de titularidad pública o privada", como portales, galerías comerciales, solares, patios y los escaparates de las tiendas, que en los últimos meses se han convertido en unas de las víctimas más frecuentes de este tipo de actos.
"Excepcionalmente", se prevén sanciones para los que causen daños a bienes privados "que afecten indirectamente a la vía pública y la convivencia ciudadana". En este apartado se incluye específicamente los incendios o agresiones a "vehículos, stands y otros análogos". La inclusión en el texto definitivo de la quema de coches, que ha generado cierta alarma social por la acumulación de casos en algunos barrios de la ciudad, es una de las principales novedades del texto de la ordenanza. Según los datos aportados por el alcalde, Alfredo Sánchez Monteseirín, en las calles de la ciudad arde de forma intencionada una media de un coche diario, aunque el PP eleva la cifra a una treintena de vehículos quemados en los 25 primeros días de enero.
La quema de coches será una de las infracciones consideradas "muy graves", que podrán ser castigadas con multas de entre 1.500 y 3.00 euros. Esta categoría incluye también los actos vandálicos en edificios considerados histórico-artísticos o en espacios públicos protegidos, así como los que produzcan un daño "evidente y flagrante" en el mobiliario o en instalaciones públicas.
Pintadas y maltrato
Como infracciones graves, con multas de 750 a 1.500 euros, se consideran los actos que impidan "la normal prestación" de un servicio público, las pintadas o los daños en árboles, plantas y jardines "que no constituyan faltas muy graves". Ésta consideración será la que tengan también los actos de maltrato a animales o la explosión de petardos, cohetes u otros artículos pirotécnicos sin la autorización municipal.
La consideración de infracciones leves (multas de uno a 750 euros) se deja para los daños "no voluntarios", así como los gritos, los ruidos intempestivos o entrar en un parque fuera del horario establecido. Asimismo, este apartado incluye conductas poco cívicas como "escupir y satisfacer las necesidades fisiológicas en la vía pública", "sacudir ropas y alfombras desde balcones", arrojar a la calle "restos del arreglo de macetas y arriates" o el vertido de desagües de aparatos de refrigeración. La ordenanza estipula que habrá que regar las plantas entre la medianoche y las 8.00 si al hacerlo hay peligro de que gotee agua sobre la calle.
El infractor, además de pagar la multa, tendrá que abonar la reparación de lo que haya roto. En el caso de menores, la responsabilidad recaerá en los padres, pero podrán solicitar la sustitución de las multas por trabajos comunitarios.
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