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El TDC rechaza la OPA de Endesa por los daños "irreversibles" a la competencia

Los discrepantes lamentan que no se haya discutido en profundidad el informe de la ponencia

El Tribunal de Defensa de la Competencia (TDC) hizo ayer público su dictamen sobre la OPA de Gas Natural a Endesa en el que recomienda al Gobierno prohibir la operación por los daños "irreversibles" a la competencia. El pleno del TDC votó el pasado lunes rechazar la OPA por seis votos frente a tres, entre estos últimos el del presidente del órgano, Luis Berenguer, partidarios de aprobar la operación con severas condiciones. Los vocales discrepantes lamentan que no se hayan analizado "en profundidad" los argumentos del informe elaborado por la ponencia y deciden incluirlo en su voto particular.

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El tribunal es tajante en su decisión, que expone en las 205 páginas del dictamen: "Teniendo en cuenta los efectos sobre la competencia que podría causar la operación objeto de este informe y tras valorar los posibles elementos compensatorios de las restricciones que se aprecian, aconseja al Gobierno que declare improcedente la operación de concentración notificada y ordene que no se proceda a la misma".

A partir de ayer, el Ministerio de Economía dispone de un mes para formular una propuesta al Consejo de Ministros sobre la operación. El departamento que dirige Pedro Solbes cuenta ahora con dos informes: uno, el de la Comisión Nacional de la Energía (CNE), favorable con condiciones, y otro, el del tribunal, que la rechaza sin paliativos. En ambos casos son informes no vinculantes.

El informe final del TDC señala que "los efectos de conglomerado de la operación alteran gravemente la dinámica competitiva existente actualmente en los mercados de gas y electricidad" y

descarta la posibilidad de aprobar la operación con condiciones. En primer lugar, rechaza las desinversiones incluidas en el acuerdo firmado entre Gas Natural e Iberdrola: "No restablecen la competencia, tanto por su naturaleza como por su composición. (...) En todo caso, la designación de Iberdrola como forzoso comprador de activos no sólo no resuelve sino que potencia los efectos restrictivos que la operación trae como consecuencia".

La normativa deja abierta al tribunal la posibilidad de proponer otras condiciones para aprobar la operación. Sin embargo, según se describe en el dictamen, "tras analizar diversas opciones y alternativas" que no se especifican, se descartó dicha posibilidad. "El tribunal considera que, ante un panorama de efectos anticompetitivos como el descrito, no resulta posible asegurar que un conjunto de condiciones razonables, realistas, proporcionales y eficaces, sean éstas estructurales, conductistas o reguladoras, o cualquier conjunto posible de ellas, pudiera compensar los daños de carácter irreversible que la operación conlleva".

El dictamen del TDC no hace referencia alguna al informe preparado por la comisión que se encargó de elaborar la ponencia que sirvió de base al informe del tribunal, formada por el presidente del órgano, Luis Berenguer, la vocal Pilar Sánchez (ambos propuestos por el PSOE) y el también vocal Miguel Cuerdo, designado por el PP. Dicha ponencia sostenía que el tribunal debía recomendar al Ejecutivo dar su visto bueno a la operación, siempre y cuando se cumplieran antes las condiciones detalladas en cuatro ámbitos: aprovisionamiento de gas natural, transporte de gas, generación de electricidad y distribución de gas y electricidad.

Precisamente, eso motivó la inclusión en el dictamen del Tribunal del voto discrepante de Berenguer, Sánchez y Antonio Castañeda, los tres consejeros que el pasado lunes se habían inclinado por dar el visto bueno a la operación, aunque con duras condiciones.

Politización

La decisión del Tribunal ha estado rodeada de acusaciones de politización, dado que los seis vocales que se opusieron a la OPA (Fernando Torremocha, Miguel Cuerdo, Emilio Conde, Miguel Comenge, Francisco Javier Huerta y el vicepresidente, Antonio del Cacho) fueron nombrados por gobiernos del PP.

"Lamentamos discrepar de la decisión de la mayoría porque mantenemos una concepción diferente del sentido de las normas reguladoras del control de concentraciones en los mercados energéticos, según tiene establecido la doctrina y la jurisprudencia, tanto europea como española, sobre la materia", declaran los tres disidentes en el encabezamiento de las 28 páginas del escrito adjunto al dictamen. En él incluyen el informe de la ponencia que la mayoría del pleno del tribunal rechazó el martes hacer público.

En su opinión, el tribunal debía haber considerado, bien las condiciones incluidas en la ponencia, bien "otras que puedan detectarse a lo largo de la tramitación del expediente". "Este análisis no ha sido realizado con la suficiente profundidad (...) cuando la ponencia encargada de la elaboración del informe presentó, por mayoría, un conjunto de condiciones al pleno de Tribunal", declaran.

El TDC aclaró ayer que en el procedimiento de elaboración de un dictamen sobre operaciones de concentración empresarial "no existe informe técnico alguno", sino la citada ponencia y una propuesta de la comisión encargada de elaborarla.

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