La fiscalía insta también el embargo de bienes del otro asesino de Baglietto
Los etarras se declararon insolventes y no pagaron la indemnización
La fiscalía de la Audiencia Nacional instó ayer el embargo de los bienes de Juan Ignacio Zuazolazigorraga, el otro miembro de ETA que junto con Kandido Azpiazu asesinó el 13 de mayo de 1980 a Ramón Baglietto. La víctima había salvado la vida de Azpiazu en 1962, cuando éste era un bebé.
La Fiscalía reclamó el 5 de diciembre de 2005 el embargo de las cuentas de Azpiazu y del local comercial de Azkoitia (Guipúzcoa) en el que tiene una cristalería, pero nada había dicho respecto de Zuazolazigorraga, quien según Pilar Elías, viuda de Baglietto, ha abierto recientemente un restaurante.
La medida fue solicitada tras la publicación de un reportaje en EL PAÍS en el que se relataba que Azpiazu, tras cumplir su condena, había adquirido una cristalería en los bajos del edificio de la calle Ibai Ondo, número 14, de Azkoitia (Guipúzcoa), donde precisamente lleva residiendo desde hace muchos años la viuda de Baglietto.
Un mes después, la Fiscalía ha solicitado idéntica medida de embargo para el otro condenado, ya que ambos se declararon insolventes en 1982 y no habían pagado las indemnizaciones a que fueron condenados. Fuentes de la Audiencia no son optimistas sobre las posibilidades de que la petición prospere, ya que previsiblemente ha prescrito el plazo para reclamar la indemnización de 10,6 millones de pesetas (63.707 euros).
La prescripción se produce a los 15 años de que la sentencia sea declarada firme, si no se han interpuesto acciones que interrumpan el plazo. Como la sentencia se convirtió en firme el 23 de diciembre de 1981, si no hubiera habido ninguna reclamación hasta el 23 de diciembre de 1996, Azpiazu y Zuazolazigorraga se librarían de pagar. La Audiencia tiene previsto decidir el próximo lunes sobre el asunto.
La Asociación de Víctimas del Terrorismo (AVT) ha anunciado que prepara un estudio sobre los etarras que no pagaron las indemnizaciones a sus víctimas y que han abierto negocios propios, para reclamarles las cantidades adeudadas.
Por otro lado, la Associació Catalana de Víctimes d'Organitzacions Terroristes (ACVOT) ha informado de que la sentencia que condena al asesino de Fernando Buesa a pena de alejamiento no es la primera que se adopta en casos de terrorismo. Así, recuerda que ya se impuso -por seis años- a Domingo Troitiño y Mercedes Ernaga en el caso Hipercor, aunque no a Rafael Caride y Santi Potros, por los mismos hechos.
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